Page 40 - Memoria de la Junta de Andalucía
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Cuenta General de la
              Comunidad Autónoma de Andalucía
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              MEMORIA DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER





              CUADRO 1.5.8.2.2


                     Contabilidad Financiera
                     Cuenta Mayor Denominación                                       Saldo 31/12/2022
                         4300     Presup ingresos corr                                   464,38
                         4310     Presup ingresos cerr                                   539,64
                       44300001   Deud.aplaz.frac.                                       12,96


                     Total Derechos pendientes de cobro s/Contabilidad Financiera       1.016,97



                     Contabilidad Presupuestaria
                     Conceptos                                                       Saldo 31/12/2022
                     Derechos Ptes de cobro Presupuestarios de corriente a 31/12/2022    18,58
                     Derechos Ptes de cobro Presupuestarios de residuos a 31/12/2022     985,44
                     Derechos Ptes de cobro Presupuestarios de futura a 31/12/2022       12,96


                     Total Derechos pendientes de cobro s/Contabilidad Pptaria          1.016,97


                     Diferencia                                                          0,00
                     Cifras en miles de euros

              DETERIORO DE LOS DEUDORES POR OPERACIONES DE LA ACTIVIDAD



              Para enfrentar el valor actual de los flujos de efectivo futuros originado por estos derechos se
              consideran que son exigibles a corto plazo por lo que no se ha procedido a la actualización de los
              mismos, manteniéndose su contabilización al valor nominal. Para concretar el riesgo crediticio de
              impago de los mismos se ha mantenido el criterio de la antigüedad como en ejercicios anteriores
              con los siguientes porcentajes:


















              Respecto de los derechos del capítulo I (Impuestos Directos), del capítulo II (Impuestos
              Indirectos) y del capítulo III (Tasas, precios públicos y otros ingresos), siguiendo las
              recomendaciones de la Cámara de Cuentas en su Resolución de 8 de julio de 2016, para el cálculo
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