Page 62 - Memoria de la Junta de Andalucía
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Cuenta General de la
Comunidad Autónoma de Andalucía
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MEMORIA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
2.3 RAZONES E INCIDENCIA EN LAS CUENTAS ANUALES DE LOS CAMBIOS EN CRITERIOS DE
CONTABILIZACIÓN Y CORRECCIÓN DE ERRORES.
Durante el ejercicio 2022 no se han producido cambios de criterios contables significativos
respecto a los criterios aplicados en el ejercicio 2021.
2.4 INFORMACIÓN SOBRE CAMBIOS EN ESTIMACIONES CONTABLES CUANDO SEAN
SIGNIFICATIVOS.
No existen cambios en estimaciones contables que resulten significativos.
3. NORMAS DE RECONOCIMIENTO Y VALORACIÓN
Se han aplicado los siguientes criterios contables:
a) Inmovilizado material: Las adquisiciones de inmovilizado material se contabilizan al
precio de adquisición y se amortizan linealmente en función de la vida útil de los bienes.
A los bienes inmuebles del Patrimonio Histórico sólo les resulta de aplicación el régimen
de amortización, en aquellos casos en los que el bien tenga una vida útil limitada.
El inmovilizado material se presenta en el balance por su valor de coste minorado en el
importe de las amortizaciones. Actualmente, el Inmovilizado Material no es objeto de
correcciones valorativas por deterioro.
No se ha optado por capitalizar los gastos financieros que, en su caso, fueran
susceptibles de ello. Con posterioridad al reconocimiento inicial del activo, sólo se
capitalizan aquellos costes incurridos en la medida en que supongan un aumento de su
capacidad, productividad o alargamiento de la vida útil, debiéndose dar de baja el valor
contable de los elementos sustituidos.
La valoración posterior de todas las clases de inmovilizado material seguirá el modelo de
coste.
b) Inversiones inmobiliarias: Las inversiones inmobiliarias son inmuebles que se tienen para
obtener rentas, plusvalías o ambas, no para su uso en la producción o suministro de
bienes o servicios, ni para fines administrativos, ni para su venta en el curso ordinario de
las operaciones.
La entidad no tiene registradas en su balance inversiones inmobiliarias.
c) Inmovilizado intangible: Las adquisiciones de inmovilizado intangible figuran
contabilizadas a su precio de adquisición y se amortizan linealmente en función de la