Consejo Andaluz del Clima: Constitución, designación y convocatorias.

Información general

Título formal:

Consejo Andaluz del Clima: Constitución, designación y convocatorias.

Código:
25275
Organismo:
Sostenibilidad y Medio Ambiente
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
  • Otras administraciones
  • Empresas
Fecha de creación:
31/10/2023

Descripción

Procedimiento de constitución del Consejo y nombramiento y actualización de las personas miembros, así como de comunicación de las convocatorias del Consejo Andaluz del Clima; órgano colegiado de de la Administración de la Junta de Andalucía para facilitar la participación de la sociedad civil en el diseño y seguimiento de las políticas en materia de cambio climático.

La composición del citado Consejo se establece en el artículo 5 del Decreto 175/2021, de 8 de junio, por el que se regula la composición y el funcionamiento del Consejo Andaluz del Clima.

El Consejo cuenta con unos componentes natos (Presidencia, Vicepresidencia primera, segunda y tercera) y otros componentes designados mediante orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de cambio climático (vocalías).

La duración del mandato de las personas que formen parte del Consejo y que ostenten vocalías en razón del cargo, finalizará cuando cesen en el mismo. En el caso de los restantes órganos, organizaciones e instituciones representadas podrán, en cualquier momento, decidir la sustitución de sus miembros designados, comunicándolo a la secretaría del Consejo, y con respeto a las respectivas normas que regulen su designación.

El Consejo se reunirá con carácter ordinario al menos, una vez al año. Con carácter extraordinario, podrá reunirse cuantas veces sea convocado por la presidencia.

 

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Requisitos

En la composición de la Comisión se velará por la representación equilibrada de mujeres y hombres, en los términos previstos en el artículo 18 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y en el artículo 11.2 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.

Documentación

Comunicación a la secretaría del Consejo, y con respeto a las respectivas normas que regulen su designación (artículo 11)

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Agota vía administrativa

Si
Última actualización: 18/03/2025
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