Procedimiento de concesión de subvenciones a Ayuntamientos con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local
Información general
Procedimiento de concesión de subvenciones a Ayuntamientos con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local
- Otras administraciones
Descripción
Podrán financiarse con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local los contratos de obras, de servicios, de suministros, los gastos corrientes y los gastos de gestión establecidos en el artículo 2 del Real Decreto-ley 13/2009 de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local. La normativa reguladora, el Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre, atribuyó a la Administración General del Estado la competencia tanto de regulación como de ejecución de estas subvenciones. El Tribunal Constitucional, en su Sentencia número 150/2012, de 5 de julio, publicada en el BOE de 30 de julio de 2012, declaró inconstitucionales, por vulnerar competencias de las comunidades autónomas, los artículos de la normativa reguladora que se referían a la ejecución, gestión y control de estas ayudas. En el momento de dictarse la citada Sentencia del Tribunal Constitucional, quedaban aún pendientes de justificar setenta y ocho expedientes correspondientes a municipios andaluces. La gestión de estos setenta y ocho expedientes fue asumida por la Comunidad Autónoma de Andalucía. El presente procedimiento únicamente es aplicable a los citados setenta y ocho expedientes traspasados por la Administración General del Estado a la Junta de Andalucía.
Se puede obtener mas información sobre el procedimiento en el área de subvenciones y ayudas de la Web.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Requisitos
El beneficirio debe identificar en la obra la fuente de financiación.
El solicitante/beneficiario debe ser un Ayuntamiento, una mancomunidad o una agrupación de municipios.
Resolución de 2 de noviembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se aprueba el modo par la presentación de solicitudes y las condiciones para la tramitación de los recuros librados con cargo al Fondo Estatal par el Empleo y la Sostenibilidad Local, creado por el Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre.
Es importante tener en cuenta que el acceso a la oficina virtual requiere utilizar la calve que el Ministerio facilitó a cada uno de los Ayuntamientos afectados.
Documentación
Justificación
Solicitud
Información sobre la adjudicación de la obra
Resolución de 2 de noviembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se aprueba el modo para la presentación de solicitudes y las condiciones para la tramitación de los recuros librados con cargo al Fondo Estatal par el Empleo y la Sostenibilidad Local, creado por el Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre.
Plazo de Inicio
- 03/11/2009 23:00 horas - 02/02/2010 23:00 horas (El artículo 4 del Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, establece que el plazo de presentación de solicitudes será de tres meses, contados a partir del día siguiente a la publicación en el BOE de la Resolción del Secretario de Estado de Cooperación Territorial, en la que se establezca el modelo para la presentación de solicitudes y las condiciones para su tramtiación. En el BOE de 3 de noviembre de 2009 se publicó la Resolución de 2 de noviembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territoral, por la que se aprueba el modelo para la presentación de solicitudes y las condiciones para la tramitación de los recursos librados con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, creado por el Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre.)
Normativa
- Sentencia 150/2012, de 5 de julio de 2012. Recurso de inconstitucionalidad 5985-2010. Intepuesto por el Gobierno de la Generalitat de Catañuña, en relación con el Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el fondo estatal para el empleo y la sostenibilidad local. Competencias sobre ordenación general de la economía, hacienda general, régimen jurídico de las Administraciones públicas y gestión de la actividad de fomento: extralimitación en el ejercicio por el Estado de sus competencias básicas.
- Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad local.
- Orden de 28 de octubre de 2015, sobre el procedimiento de gestión de las subvenciones financiadas con el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local y por la que se delegan determinadas competencias en relación con la gestión de estas subvenciones
- Resolución de 2 de noviembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cooperació Territorial, por la que se aprueba el modelo para la presentación de solicitudes y las condiciones para la tramitación de los recursos librados con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, creado por el Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre.
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Granada (Cód.: A01035380).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Huelva (Cód.: A01035393).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Jaén (Cód.: A01035397).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Málaga (Cód.: A01035401).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Sevilla (Cód.: A01035405).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Córdoba (Cód.: A01035374).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Almería (Cód.: A01035332).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Cádiz (Cód.: A01035359).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Granada (Cód.: A01035380).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Huelva (Cód.: A01035393).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Jaén (Cód.: A01035397).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Málaga (Cód.: A01035401).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Sevilla (Cód.: A01035405).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Córdoba (Cód.: A01035374).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Almería (Cód.: A01035332).
- Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Cádiz (Cód.: A01035359).
- Secretaría General de Administración Local (Cód.: A01014234).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 20 Días. El artículo 13 de la Resolución de 2 de noviembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, establece un plazo máximo de diez días para la verificación de las solicitudes y un plazo máximo de diez días más para la resolución de autorización.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
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Información pública:Información sobre el tratamiento de datos personales
La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/215557.html
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos