Los Convenios en materia de Igualdad de Oportunidades en el Ámbito Empresarial entre el IAM y FAME (Federación Andaluza de Mujeres Empresarias) desarrollan actuaciones cofinanciadas con el Fondo Social Europeo, e integrado en el Marco Estratégico Regional de Andalucía (MER-AN) 2007-2013.
Para ello, el Instituto Andaluz de la Mujer desarrolla iniciativas conjuntas y actuaciones positivas orientadas al impulso, la promoción y la coordinación en materia de emprendimiento femenino, proporcionando formación en la aplicación de las claves metodológicas y herramientas para integrar la perspectiva de género y desarrollando programas con el objetivo de incentivar la creación y consolidación de empresas de mujeres andaluzas, fomentando su participación en el desarrollo económico y promoviendo el empoderamiento económico de las mujeres como instrumento para alcanzar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Igualmente desarrolla actuaciones de intermediación para la eliminación de brechas de género en materia de empleo y emprendimiento, y ejerce el importante cometido de sensibilizar y formar desde los diferentes niveles educativos para la inclusión del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la cultura emprendedora.
En los siguientes apartados que se incluyen bajo la denominación de emprendimiento con perspectiva de género, se incluyen materiales que se han elaborado para disminuir las brechas de género detectadas en el emprendimiento, las actuaciones que se han venido elaborando como desarrollo de esta finalidad y las convocatorias que el Instituto Andaluz de la Mujer realiza para alcanzar este objetivo.
Entre los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales que sanciona el Código Penal se encuentran:
Las agresiones sexuales: atentados contra la libertad sexual de otra persona, sin que medie consentimiento, empleando violencia o intimidación.
Los abusos sexuales: atentados contra la libertad e indemnidad sexual de otra persona, sin que medie consentimiento, sin emplear violencia o intimidación.
Para perseguir este tipo de delitos será precisa la denuncia de la persona agraviada, de su representante legal o querella del Ministerio Fiscal. El perdón de la persona ofendida o de su representante legal no extingue la acción ni la responsabilidad penal.
Tu libertad sexual te da derecho a decir “NO”. A partir de ese “NO” empieza la agresión sexual.
Si has sido víctima de una agresión o abuso sexuales:
Lo que ha ocurrido no es culpa tuya. El único culpable es el agresor.
No te quedes sola. Hablar con las personas en las que confíes, familia, amistades, es una buena medida.
Exige justicia no sólo por ti, sino también por otras posibles víctimas.
Busca ayuda especializada para superar esta situación.