Donaciones al SAS (Covid)
Deducción del 15% de las cantidades donadas a favor del Servicio Andaluz de Salud y siempre que se destinen a la financiación de programas de gasto o actuaciones que tengan por objeto la lucha contra el avance del COVID-19, con un límite de 500 euros.
En todo caso la efectividad de dicha donación se justificará de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, y en sus normas de desarrollo.
Importante: Esta deducción, regulada en el Decreto Ley 19/2020, de 14 de julio, es exclusiva para el periodo impositivo 2020 (declaración que se presenta en 2021).
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