Patronato de la Fundación Andalucía Olímpica

Funciones

El gobierno, administración y representación de la Fundación corresponde al Patronato, quien cumplirá los fines fundacionales y administrará con diligencia los bienes y derechos que integran el patrimonio de la Fundación manteniendo plenamente el rendimiento y utilidad de los mismos, con sujeción a lo dispuesto en el Ordenamiento Jurídico y en los presente Estatutos.

A título enunciativo y no limitativo, el Patronato podrá:

  • Adquirir, poseer, enajenar, gravar y permutar bienes de toda clase
  • Transigir y renunciar, celebrar contratos y contraer obligaciones de cualquier índole
  • Otorgar poderes, promover, oponerse, seguir y desistir los procedimientos ordinarios y especiales que sean oportunos en defensa de la Fundación y de sus legítimos intereses, ejercitando los correspondientes derechos y acciones y excepciones, reclamaciones y recursos, ante los Juzgados, Tribunales, Autoridades, Organismos, Corporaciones, etc., en cada caso competentes
  • Cuantas acciones y decisiones tiendan a conseguir la efectividad del objeto fundacional dentro de los límites legales y con sujeción a las autorizaciones que procedan del Protectorado de Fundaciones

Composición

Presidente

  • D. Arturo Bernal Bergua. Consejero de Turismo, Cultura y Deporte

Vicepresidente

  • D. Alejandro Blanco Bravo. Presidente del Comité Olímpico Español

Vocales

  • D. Víctor Manuel González García
  • D. José María Arrabal Sedano
  • Dña. Victoria Cabezas Álvarez de Estrada
  • Dña. María de Nova Pozuelo
  • D. José Manuel Ruiz Reyes
  • Dña. Blanca Manchón Domínguez
  • D. Jairo Ruiz López
  • D. David Cabello Manrique
  • D. Miguel Ángel Machado Sobrados
  • D. Miguel Sagarra Gadea
  • D. Cristóbal Martínez Fernández
  • Dña. Carmen Ponce Grass
  • D. Antonio Pulido Gutiérrez
  • D. Gabriel Dronda Fernández

Secretario

  • D. José Manuel Rodríguez Huertas
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