Dirección General de Cuidados Sociosanitarios
Información general

Biografía
Nacido en Montilla, Córdoba en 1972, es educador social y perito judicial del Colegio profesional de Educadoras y Educadores sociales de Andalucía.
La mayor parte de su trayectoria laboral ha estado vinculada a Cáritas, donde ha trabajado como educador en el proyecto “En positivo” para personas infectadas VIH, también ha sido coordinador en pisos para pacientes trasplantados, director de la casa de acogida para personas sin hogar y director de una residencia para personas mayores en exclusión social, además de ser secretario general de esta ONG.
En la actualidad, ejerce como director general de SOLEMCCOR (Solidaridad y Empleo de Cáritas en Córdoba), empresa de inserción participada al 100% por Cáritas con más 60 empleados.
Ha sido concejal en el Ayuntamiento de Montilla, ostentando la Primera Tenencia de Alcaldía, Delegado de Presidencia, Promoción Social y Cultural.
Funciones
A la persona titular de la Dirección General de Cuidados Sociosanitarios le corresponden
las atribuciones previstas en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre , y, en especial,
las siguientes funciones:
a) El diseño de los planes de coordinación sociosanitaria entre la Consejería de Salud y
Familias y la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales, y Conciliación, especialmente
orientados a los grupos y colectivos en situación de gran adversidad.
b) La implantación de un plan de seguimiento al alta hospitalaria de pacientes con
necesidades de cuidados intermedios poshospitalarios.
c) El seguimiento y evaluación de la atención sanitaria y social del programa de crónicos y
pluripatológicos de Andalucía, así como a las personas en situación de dependencia que
permita la permanencia en su contexto familiar.
d) La coordinación de los cuidados sanitarios a personas con problemas de salud de larga
duración, que supongan limitaciones para las actividades de la vida diaria, así como de los
cuidados sociales de estas personas en coordinación con la Consejería competente en
materia de políticas sociales.
e) El establecimiento de planes específicos de cuidados sociosanitarios para colectivos
vulnerables o de especial necesidad, centrados en las personas en un marco de atención
integrada que garantice la continuidad asistencial.
f) El desarrollo y la evaluación de los planes integrales y sectoriales en el ámbito de los
cuidados sociosanitarios, así como el diseño de planes de cuidados sociosanitarios de
seguimiento hospitalario en domicilio.
g) El diseño de planes y políticas relacionadas con la atención mediante telemedicina a los
pacientes sociosanitarios.
h) El diseño de planes de cuidados sociosanitarios de las personas con necesidad de
atención en salud mental.
i) La definición, en coordinación con la Consejería competente en materia de políticassociales, de un catálogo de centros sociosanitarios.
j) La autorización de instalación, modificación, traslado y cierre de los centros, servicios y
establecimientos sociosanitarios de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.10 de la
Ley 2/1998, de 15 de junio , de Salud de Andalucía.
k) El desarrollo de un sistema de acreditación de centros intermedios para asegurar la
calidad de los servicios de cuidados sociosanitarios.
l) El desarrollo de la cartera de servicios que garantice unos cuidados sociosanitarios
equitativos y de calidad en Andalucía.
m) El desarrollo y aplicación de medidas de promoción de la salud, detección precoz de
agudizaciones y coordinación de la prevención entre centros de servicios sociales y
sanitarios.
n) La promoción de programas de calidad, formación continuada e investigación en el
ámbito de los cuidados sociosanitarios.
ñ) La ordenación, inspección y sanción en materia de infracciones sanitarias, en su ámbito
de actuación dentro de las competencias asignadas a la Dirección General.
o) La promoción de la participación activa de la ciudadanía en las políticas de salud.
p) El desarrollo y coordinación de las políticas activas en materia de prevención, asistencia,
tratamiento y reinserción de las personas en situación de drogodependencia y adicciones, y,
en particular, las autorizaciones administrativas, acreditaciones y conciertos de los centros de
atención a personas con problemas de drogodependencia y adicciones.
q) Y en general, todas aquellas que le atribuya la normativa vigente y las que
expresamente le sean delegadas.