Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Málaga
Información general

Biografía
Nacido en Yunquera (Málaga) en 1970, es licenciado en Geografía e Historia. Ha desarrollado su actividad profesional en diversos campos, destacando la docencia en Enseñanza Secundaria, la Presidencia de Consorcio de Maquinaria de Ronda, Antequera y Guadalhorce, la dirección de televisión local y del taller de empleo entre otras actividades. Es MBA Executive por la Cámara de Comercio de Málaga, Máster en Gestión Aeroportuaria y Líneas Aéreas por la Universidad de Málaga, Experto en Unión Europea por Lisa Institute y Ecogestión, Certificado de Analista Internacional y Geopolítica por Lisa Institute. Desde 2011 ha sido alcalde de su localidad natal, hasta que en 2021 fue nombrado delegado territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga.
Funciones
Las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Andalucía ostentan las siguientes funciones y competencias en el ámbito de su provincia:
- La representación ordinaria de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentran adscritos en la Delegación Territorial y, en su caso, de las agencias adscritas o dependientes de las Consejerías. En el caso de que en una Consejería existan dos Delegaciones Territoriales, las personas titulares de las mismas ostentarán la representación ordinaria de la Consejería en relación con las materias que se le hayan asignado.
- Dirigir, bajo la dependencia funcional de los correspondientes órganos directivos, las unidades administrativas pertenecientes a la Delegación.
- Ejercer la jefatura de todo el personal de la Delegación y las competencias de administración y gestión ordinarias del mismo que expresamente se le deleguen.
- Constituir el cauce ordinario de relación con los servicios centrales de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentran adscritos a la Delegación Territorial y, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las personas titulares de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, con los órganos periféricos de la Administración General del Estado y las entidades locales de Andalucía en materias de su competencia. En el caso de que en una Consejería existan dos Delegaciones Territoriales, las personas titulares de las mismas ejercerán esta función en relación con las materias que se le hayan asignado.
- Trasladar órdenes e instrucciones en las materias que sean de su competencia a las personas titulares de las Secretarías Generales Provinciales de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentren adscritos a la Delegación Territorial, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 21.3 de este Decreto.
- El ejercicio de potestades administrativas con respecto a aquellas competencias que tengan atribuidas y, en su caso, respecto a aquellas de los servicios periféricos que tengan adscritos.
- Cuantas otras funciones les sean atribuidas, desconcentradas o delegadas.