Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 24/04/1984

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 16 de abril de 1984, de la Dirección General de Ordenación Académica, sobre adscripción de Directores Escolares a Servicios Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia.

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La Orden de la Consejería de Educación de fecha 13 de abril en su artículo tercero encomienda a la Dirección General de Ordenación Académica la regulación del sistema de adscripción de los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Directores Escolares de los Centros Públicos de Educación General Básica que los solicitaren a los servicios Provinciales de la Consejería de Educación o al desarrollo de actividades técnico-pedagógicas que éstos programen.

En su cumplimiento he resuelto:

1º. Los Directores Escolares en el plazo de veinte días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía solicitarán su adscripción en instancia dirigida al Ilmo. Sr. Delegado Provincial de Educación.

2º. La Comisión a que se alude en el artículo 3º de la Orden de la Consejería que regula dicha adscripción estudiará las solicitudes y aprobará la relación de los Servicios y actividades a los que podrán ser adscritos haciéndose pública en el Tablón de Anuncios de la Delegación.

3º. Los Directores solicitantes en el plazo de diez días a partir del siguiente a la publicación de la citada relación en el Tablón de Anuncios solicitarán su adscripción a los Servicios o actividades por orden de preferencia acompañando la siguiente documentación:

a) Hoja de Servicios debidamente certificada.

b) Breve currículum-vitae profesional.

c) Cuantos documentos acreditativos deseen aportar sobre trabajos de investigación o realizaciones en orden a la adscripción.

4º. Las Comisiones resolverán sobre las adscripciones con anterioridad al día

10 de junio, entrando en vigor la Comisión de Servicios el 1º de septiembre.

Los criterios que fijen las Comisiones responderán a consideraciones personales y de competencia de los solicitantes con referencia a los servicios y actividades que se le encomienden.

5º. Cualquier incidencia en la aplicación de la presente Resolución será puesta en conocimiento de esta Dirección General por los Delegados Provinciales.

El Director General de Ordenación Académica.- José Rodríguez Galán.

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