Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 28/12/1985

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Consumo

ORDEN de 16 de diciembre de 1985, por la que se corrigen errores padecidos en el texto de la Orden de 4 de diciembre de 1985, por la que se crea el " Comité de Expertos sobre el SIDA" (BOJA núm. 118, de 12.12. 1985).

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La Orden de 4 de diciembre de 1985, por la que se crea el "Comité de Expertos sobre el SIDA", publicada en el BOJA núm.

118, de 12 de diciembre, mantiene una serie de errores y omisiones que no se infieren de la lectura del texto y cuya mera rectificación puede suponer una modificación del contenido de la citada disposición. Por ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 13.1.2.,c) del Reglamento del "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", aprobado por Decreto 205/1983, de 5 de octubre (BOJA núm. 82, de 14 de octubre), procede salvar los citados errores y omisiones mediante disposición del mismo rango.

En su virtud, en uso de las facultades que me están conferidas y a propuesta de la Dirección General de Asistencia Hospitalaria y Especialidades Médicas.

DISPONGO:

Artículo único.

La orden de 4 de diciembre de 1985, por la que se crea el "Comité de Expertos sobre el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA)" quedará redactada conforme a las rectificaciones que a continuación, se indican:

1. En el preámbulo de la Orden, último párrafo, donde dice: "... y a propuesta de la Dirección General de Atención Primaria y Promoción de la Salud", debe decir: "... y a propuesta de la Dirección General de Asistencia Hospitalaria y Especialidades Médicas".

2. En el artículo 1., donde dice "... adscrito a la Dirección General de Atención Primaria y Promoción de la Salud", debe decir, "... adscrito a la Dirección General de Asistencia Hospitalaria y Especialidades Médicas".

3. En el artículo 2., apartado c), donde dice: "c) Aplicación de las directrices...", debe decir: "c) Desarrollo y aplicación de las directrices...".

4. En el artículo 2., se añade un apartado con el siguiente texto: "e) Información pública que se produzca sobre el tema".

5. El artículo 3. queda redactado de la forma siguiente: "1. El Comité será presidido por el Director General de Asistencia Hospitalaria y Especialidades Médicas.

2. Estará integrado por miembros designados por la Consejería de Salud y consumo, y formará parte de él personal técnico de esta Consejería así como expertos multidisciplinarios de reconocida solvencia e idoneidad ajenos al Departamento".

6. En el artículo 5. apartado 1, donde dice "Por la Dirección General de Atención Primaria y Promoción de la Salud..." debe decir: "Por la Dirección General de Asistencia Hospitalaria y Especialidades Médicas..".

7. En la Disposición final, donde dice:"Se autoriza a la Dirección General de Atención Primaria y Promoción de la Salud...", debe decir: "Se autoriza a la Dirección General de Asistencia Hospitalaria y Especialidades Médicas".

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".

Sevilla, 16 de diciembre de 1985

PABLO RECIO ARIAS

Consejero de Salud y Consumo

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