Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 21/11/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 28 de octubre de 1986, por la que se da conformidad a la permuta de tres populares, propiedad del Ayuntamiento de Vélez-Málaga (Málaga) por otras tres pertenecientes a D. Juan España Quintano, D. José Aragz Franco y D. Rafael Moreno Gutiérrez.

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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 76, 79, 80 y 397 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril; 79 y 80 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local y 100, 112, 113, 118 y

119 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Circular de 14 de septiembre de 1951 y Ley 6/1983, de 21 de julio. El Decreto 2/1979, de 30 de julio, en relación con el art. 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de

30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporciones Locales. En su virtud y al amparo de la legislación invocada, de conformidad con lo dispuesto en el art. 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

1º. Prestar conformidad a la permuta de tres parcelas de propiedad municipal, por otras tres propiedad de D. Juan España Quintano, D. Juan Aragz Franco y D. Rafael Moreno Gutiérrez, con el fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno Municipal en sesión celebrada el día 28 de agosto de 1986, y cuyas descripciones son las siguientes:

PARCELAS DE PROPIEDAD MUNICIPAL

Parcela A. Situada frente al Colegio Público Van calle Tejeda de esta ciudad, calificada como edificable, cuyos linderos son: al Norte con parcela B y Estadio Vivar Téllez, al Sur con calle sin nombre, al Este con calle Tejeda y al Oeste con el Estadio Vivar Téllez. Tiene una superficie de 155,35 m2.

Parcela B. Situada frente al Colegio Público Van Dulken en la calle Tejeda de esta Ciudad, calificada como edificable residencial, cuyos linderos son: al Norte con D. J. Martín García y Estadio Vivar Téllez, al Sur con parcela A, al Este con calle Tejeda y al Oeste con el Estadio Vivar Téllez. Tiene una superficie de 155'35 m2. Parcela C. Situada frente a la ocupada por la Plaza de Toros, calificada como edificable residencial, cuyos linderos son: Norte, nueva vía de enlace entre Laureano Casquero y calle Astoria, al Sur con calle peatonal de seis metros que la separa del edificio Menovar, Este con calle Laureano Casquero y al Oeste con calle Astoria. Tiene una superficie de 196 m2. La valoración total de las parcelas asciende a 4.200.000 ptas.

PARCELAS DE PROPIEDAD PARTICULAR

Parcela de D. Juan España Quintano. Sita en el C Cerrillo, de esta Ciudad, con una extensión superficial de 140 m2 y linda por su frente con el Callejón del Cerrillo, por la izquierda con la descrita anteriormente que se adjudica a D. José Aragz Franco, por la derecha y fondo, con calles en proyecto abiertas sobre la finca de la que se segregó. Parcela de D. José Aragz Franco sita en el Callejón del Cerrillo, con una extensión de 140 m2 y linda por su frente con Callejón del Cerrillo, por la izquierda con propiedad de D. Antonio Jiménez Bazaga, por la derecha entrando con la que se dice a continuación que adquiere D. Juan España Quintano y espalda con calle en proyecto abierta sobre la finca de la que se segregó.

Parcela de D. Rafael Moreno Gutiérrez, sita en el Callejón del Cerrillo, con una extensión de 140 m2 y linda por su frente con el expresado callejón, por su derecha, entrando con resto de la finca de la que se segrega y por la izquierda y espalda con una calle sobre el indicado resto.

La valoración conjunta de estas tres parcelas asciende a 3.981.040 ptas. Consta en el expediente las comparecencias de los particulares declarando la equivalencia de valor entre las parcelas a permutar, y por tanto, no debe producirse compensación económica alguna en favor de ninguna de las dos partes.

2º. Comunicar la presente Orden al Ilmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga (Málaga).

3º. Publicarla en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de octubre de 1986

ENRIQUE LINDE CIRUJANO

Consejero de Gobernación

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