Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 30/1/1987

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REAL DECRETO 2764/1986, de 30 de diciembre, sobre modificación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Cultura. (BOE núm. 20, de 23.1.87)

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Por Real Decreto 864/1984, de 29 de febrero (Boletín Oficial de 11 de mayo), se traspasaron a la Junta de Andalucía funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de cultura, así como los correspondientes medios personales, materiales y presupuestarios. Posteriormente y por Real Decreto 1124/1984, de la misma fecha ("Boletín Oficial del Estado" de 15 de junio), se procedió a la valoración definitiva, ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados y adaptación de los transferidos en fase preautonómica a la citada Comunidad Autónoma en la materia mencionada.

El Real Decreto 3825/1982, de 15 de diciembre, determina las normas y el procedimiento a que han de ajustarse las transferencias de funciones y servicios del Estado a la Junta de Andalucía. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto citado, que también regula el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Esta Comisión, tras considerar la conveniencia de modificar determinados medios materiales adscritos a los servicios traspasados en materia de cultura, adoptó en su reunión del día 24 de noviembre de 1986 el oportuno acuerdo, cuya virtualidad práctica exige su aprobación por el Gobierno mediante Real Decreto.

En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para Andalucía, a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión del día 30 de diciembre de 1986.

D I S P O N G O:

Artículo 1º. Se aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para Andalucía, de fecha 24 de noviembre de 1986, por el que se modifica determinado medio material adscrito a los servicios traspasados a la Junta de Andalucía en materia de Cultura, por el Real Decreto 864/1984, de 29 de febrero.

Art. 2º. En consecuencia, queda traspasado a la Junta de Andalucía en las condiciones que se expresan el inmueble, que figura en relación número

1 adjunta al propio acuerdo de la Comisión Mixta, que se incluye como anexo del presente Real Decreto, en los términos que allí se especifican.

Art. 3º. Los traspasos a que se refiere este Real Decreto tendrán efectividad a partir del día 1 de enero de 1987.

Art. 4º. El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Dado en Baqueira Beret a 30 de diciembre de 1986.

JUAN CARLOS R.

El Ministro para las Administraciones Públicas, JOAQUIN ALMUNIA AMANN

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