Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 11/9/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 7 de agosto de 1987, por la que se autoriza la ampliación de una unidad de Preescolar (Párvulos) al Centro Privado de Preescolar y Educación General Básica Divina Pastora de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Examinado el expediente incoado a instacia de Dª Purificación Gallego Torrejimeno, en su calidad de representante de RR. Calasancias de la Divina Pastora, entidad titular del Centro Privado de Preescolar y Educación General Básica "Divina Pastora", con domicilio en Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), c/ Carril de San Diego nº 14 (antiguo 16) en solicitud de ampliación de 1 unidad de Preescolar (Párvulos). Resultando que, el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Cádiz. Resultando que, dicha Delegación ha elevado propuesta favorable sobre la referida petición, acompañando los preceptivos informes del correspondiente Servicio de Inspección y Unidad Técnica de Construcciones en sentido favorable.

Resultando que, el Centro con código 11005433, tiene autorización definitiva para 2 unidades de Preescolar (Párvulos) para 80 puestos escolares por Orden Ministerial de 5 de diciembre de 1973 y 16 unidades de Educación General Básica para 640 puestos escolares por Orden Ministerial de 13 de septiembre de 1979.

Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en el Servicio de Preescolar y Educación General Básica de la Dirección General de Ordenación Académica aparece, que la titularidad del Centro la ostenta "RR. Calasancias de la Divina Pastora".

Vistos la Ley General de Educación de 4 de agosto de 1970 (BOE del 6 de agosto), el Decreto 1855/74, de 7 de junio (BOE del 10 de julio); la Orden Ministerial de 24 de abril de 1975 (BOE del 2 de mayo); la Orden Ministerial de 14 de agosto de 1975 (BOE del 27 de agosto); la Orden Ministerial de 22 de mayo de 1978 (BOE del 2 de junio); la Ley Orgánica

8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE del 4 de julio) y demás disposiciones complementarias. Considerando que, el Centro reúne los requisitos de capacidad e instalaciones exigidos por las disposiciones vigentes. Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto: Conceder la ampliación de 1 unidad de Preescolar (Párvulos) para 30 puestos escolares al Centro Privado "Divina Pastora", con domicilio en c/ Carril de San Diego nº 14 (antiguo 16) de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), quedando con una composición resultante de 3 unidades de Preescolar (Párvulos) para 110 puestos escolares y 16 unidades de Educación General Básica para 640 puestos escolares.

Contra esta Orden podrá interponerse ante el Consejero de Educación y Ciencia, según establece el Artículo 126, párrafo 1º de la Ley de Procedimiento Administrativo, recurso de Reposición previo al Contencioso-Administrativo en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido por el Artículo 52, 2º de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativo.

Sevilla, 7 de agosto de 1987

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

Descargar PDF