Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 29/3/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 16 de marzo de 1988, por la que se subvenciona la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Córdoba con el Banco de Crédito Local, para financiar obras municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER 1987.

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Por la Excma. Diputación Provincial de Córdoba de conformidad con el Decreto 72/1987, de 18 de marzo, por la que se regula la concesión de subvenciones por esta Consejería a las Diputaciones Provinciales que durante el ejercicio de 1987, contraigan deudas con el Banco de Crédito Local de España, para financiar Obras Municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER, se ha solicitado de esta Consejería la correspondiente subvención al amparo de lo establecido en el art. 4º del Decreto citado y, de acuerdo con los Convenios suscritos entre la Junta de Andalucía, el Banco de Crédito Local de España y las Diputaciones Provinciales y, entre la Junta de Andalucía y la Excma. Diputación Provincial de Córdoba.

La documentación remitida por dicha Entidad Provincial, a la que une las Certificaciones y acuerdos pertinentes, acreditan reunir los requisitos exigidos por el Decreto 72/1987, de 18 de marzo. En su virtud, teniendo en cuenta las facultades que me confiere el art.

6º, del Decreto mencionado y de conformidad con lo establecido por el art.

44.4, de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma:

D I S P O N G O:

1º. Subvencionar, de acuerdo con lo solicitado por la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, las cantidades que en concepto de amortización de capital, intereses y comisión, tenga que abonar al Banco de Crédito Local de España dicha Diputación, por los Proyectos y en la cuantía de capital del préstamo concertado que se indica seguidamente:

Corporación Aportación Subv. Diput. Capital. Local INEM Materiales Subvdo. J.A. =========================================================================.

ALCARACEJOS ------------ 646.005 581.405. ALMENDINILLA 4.052.344 2.026.172 1.823.555. ANORA 893.084 419.571 377.614. BLAZQUEZ 3.964.750 1.390.426 1.251.383. BUJALANCE 1.883.112 941.556 847.400. CABRA 2.083.792 2.369.782 2.132.804. CAÑETE DE LA TORRE ------------ 510.437 459.393. CARDENAS 3.153.577 1.576.789 1.419.110. CARLOTA, LA ----------- 340.000 306.000. CASTRO DEL RIO ----------- 116.592 104.933. DOS TORRES 822.000 411.000 369.900. FERNAN NUÑEZ 8.575.604 4.287.802 3.859.022. FUENTE PALMERA 10.455.198 5.227.599 4.704.839. HINOJOSA DEL DUQUE 788.602 394.301 354.871. HORNACHUELOS ---------- 1.064.562 958.106. IZNAJAR 679.172 339.586 305.627. LUCENA 1.026.619 513.309 461.978. MONTEMAYOR ---------- 164.608 148.147. MONTORO 2.528.358 1.274.802 1.147.322. OBEJO 820.000 410.000 369.000. PALMA DEL RIO 8.083.170 4.041.585. 3.637.426. PEDRO ABAD --------- 621.002 558.902. PEDROCHE --------- 30.000 27.000. POZO BLANCO 25.346.976 12.673.488 11.406.139. SANTA EUFEMIA 1.000.000 2.000.000 1.800.000. TORRECAMPO --------- 155.053 139.548. VICTORIA, LA --------- 29.340 26.406. VVA. DE CORDOBA 25.980.250 12.990.125 11.691.112. VVA. DEL REY --------- 241.943 217.749. VILLARALTO 2.022.178 1.055.152 949.637.

-----------------------------------------------------------------------. TOTAL 104.158.794 58.262.587 52.436.328. =======================================================================.

2º. El Crédito concedido a la Excma. Diputación Provincial de Córdoba por el Banco de Crédito Local de España, subvencionado por la Junta de Andalucía en su 90%, se concierta por un período de amortización de trece años y uno de carencia, a un interés de 10,75 más el 0,40% de comisión.

3º. Los desajustes que se produjeren en la aprobación parcial de estos Proyectos Municipales, quedarán normalizados en la valoración definitiva que de los mismos se hagan, conforme con el art. 3º en relación con el 2º y siguientes del Decreto 72/1987, de 18 de marzo, y cuya observancia ha de tenerse en cuenta por la Excma. Diputación.

4º. Esta Orden además de su publicación en el BOJA, será comunicada a la Excma. Diputación Provincial de Córdoba y al Banco de Crédito Local de España, a los efectos consiguientes.

Sevilla, 16 de marzo de 1988

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

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