Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 17/2/1989

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 6 de febrero de 1989, de la Delegación Provincial de Granada, sobre expropiación forzosa de terrenos para la ejecución de las obras en autovía Sevilla-Granada-Baza. Tramo intersección con la N- 324-El Grao. p.k. 239,00 a p.k.217,7 en términos municipales de Cortés y Graena, Purullena y Guadix. (JA-1-GR-141/170)

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, en sesión de 27 de diciembre de 1988, acordó declarar de urgencia la expropiación de los bienes y derechos afectados por el proyecto JA-1GR-141/170, a efectos de aplicación del procedimiento expropiatorio que regulan los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, 56 y siguientes del Reglamento para su aplicación de 26 de abril de 1957. A la vista de cuanto antecede, esta Delegación Provincial en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 98 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, en relación con las disposiciones orgánicas que conforman la estructura y funcionamiento de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y el Decreto 4/1985 de 8 de enero (BOJA del día

12 de febrero de 1985), ha acordado:

Primero. Iniciar el proceso expropiatorio a los bienes y derechos por el proyecto antes citado.

Segundo. Publicar la relación de interesados, bienes y derechos que resultan afectados por la expropiación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, Boletín Oficial de la Provincia de Granada, en el Diario "Ideal", Diario "Granada 2.000", y en los tablones de anuncios de esta Delegación Provincial y de los Ayuntamientos de: Cortes y Graena, Purullena y Guadix.

Tercero: Notificar a los interesados mediante cédula las fechas y horas para proceder al levantamiento de las Actas Previas a la ocupación de los bienes, en los Ayuntamientos de Cortes y Graena, Purullena y Guadix, sin perjuicio de trasladarse al lugar de las fincas afectadas, si se considera necesario.

A estos efectos deberán asistir los titulares afectados personalmente o bien legalmente representados, aportando recibo de contribución, pudiendo asistir acompañados a su cargo de Perito y Notario.

Granada, 6 de febrero de 1989.- El Delegado, Rafael Salcedo Balbuena.

Descargar PDF