Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 17/3/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 23 de febrero de 1989, por la que se subvenciona la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Córdoba con el Banco de Crédito Local para financiar obras municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER 1988.

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Por la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, de conformidad con el Decreto 217/1988, de 24 de mayo, por la que se regula la concesión de subvenciones por esta Consejería a las Diputaciones Provinciales que durante el ejercicio de 1988, contraigan deudas con el Banco de Crédito Local de España, para financiar Obras Municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER, se ha solicitado de esta Consejería la correspondiente subvención al amparo de lo establecido en el art. 4º del Decreto citado y, de acuerdo con los Convenios suscritos entre la Junta de Andalucía, el Banco de Crédito Local de España y las Diputaciones Provinciales y, entre la Junta de Andalucía y la Excma. Diputación Provincial de Córdoba.

La documentación remitida por dicha Entidad Provincial, a la que une las Certificaciones y acuerdos pertinentes, acreditan reunir los requisitos exigidos por el Decreto 217/1988, de 24 de mayo. En su virtud, teniendo en cuenta las facultades que me confiere el art.6º , del Decreto mencionado y de conformidad con lo establecido por el art.

44.4, de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma:

DISPONGO:

1º. Subvencionar de acuerdo con lo solicitado por la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, las cantidades que en concepto de amortización de capital, intereses y comisión, tenga que abonar al Banco de Crédito Local de España dicha Diputación, por los Proyectos y en la cuantía de capital del préstamo concertado, que se indica seguidamente:

CORPORACION APORTACION SUBV. DIPUT. CAPITAL LOCAL INEM MATERIALES SUBVDO. J.A.

ALMODOVAR 4820000 2410000 1871606 BAENA 3016164 1493224 1159638 BLAZQUEZ, LOS 3963569 1647125 1279157 BUJALANCE 4296056 2148028 1668158 CABRA 9980467 4990213 3875158 CARCABUEY 936845 391425 303981 CONQUISTA 1700000 850000 660110 CORDOBA 12225000 6112500 4746968 FTE.OBEJUNA 3499834 1749957 1359017 FTE. TOJAR 843556 421778 327553 GUADALCAZAR 1980000 1085660 843124 HINOJASA DEL

DUQUE 7611604 3805802 2955586 IZNAJAR 4823000 3069750 2383968 MONTALBAN 750000 150000 116490 MONTILLA 1367874 683937 531145 MONTORO 18687440 3259700 2581483 MONTURQUE 975000 448335 348177 OBEJO 1022500 486459 377784 PALENCIANA 1290000 645000 500907 PALMA DEL RIO 11850000 5925000 4601355 PEDRO ABAD 2100000 1050000 815430 PEDROCHE 805000 375000 291225 PTE GENIL 9089902 4544950 3529608 RAMBLA 1425240 712620 553421 STA.EUFEMINA 2113750 1063500 825914 VALENZUELA 1320000 660000 512556 VV. CORDOBA 3037500 1518750 1179461 VISO, EL 2085865 1042932 809491 TOTAL 117616166 52741663 40959176

2º. El Crédito concedido a la Excma. Diputación Provincial de Córdoba por el Banco de Crédito Local de España, subvencionado por la Junta de Andalucía en su 77,66%, se concierta por un período de amortización de trece años y uno de carencia, a un interés de 10,50% más el 0,40% de comisión.

3º. Los desajustes que se produjeren en la aprobación parcial de estos Proyectos Municipales, quedarán normalizados en la valoración definitiva que de los mismos se hagan, conforme con el art. 3º -en relación con el 2º- y siguientes del Decreto 217/1988, de 24 de mayo, y cuya observancia ha de tenerse en cuenta por la Excma. Diputación.

4º.Esta Orden, además de su publicación en el BOJA, será comunicada a la Excma. Diputación Provincial de Córdoba y al Banco de Crédito Local de España, a los efectos consiguientes.

Sevilla, 23 de febrero de 1989

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

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