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Iltmos. Sres.:
En el recurso de apelación interpuesto por D. José Luis Aguilar González y otros, contra sentencia dictada el 21 de mayo de 1983 por la Excma. Audiencia Territorial de Sevilla en el recurso contencioso administrativo nº 662/81 sobre Aprobación Definitiva de N.N.S.S. de Cáñar (Granada), ha sido dictada sentencia por la Sala Cuarta del Tribunal Supremo con fecha 15 de abril de 1988, en cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
"Fallamos:Que debemos desestimar y desestimamos el Recurso de Apelación nº 84.369 promovido por el Procurador Sr. Sánchez Jáuregui en nombre y representación de D. José Luis Aguilar González y otros contra la sentencia dicatada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla de 21 de mayo de 1983 (Recurso 662/81); sentencia que confirmamos por ser conforme a Derecho. Todo ello sin expresa condena en costas".
Esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los arts. 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y lo establecido asimismo, en el Real Decreto 698/79 de 13 de febrero y 1139/84 de 8 de junio, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y demás efectos.
Sevilla, 2 de febrero de 1989
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Iltmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Urbanismo, Delegado Provincial en Granada.
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