Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 13/1/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Trabajo

ORDEN de 29 de diciembre de 1988, por la que se conceden beneficios económicos a la empresa Molinos Bahía de Cádiz,SA, incluida en la zona de urgente reindustrialización de la Bahía de Cádiz.

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Vista la solicitud deducida por la

Empresa: Molinos Bahia de Cádiz,S.A.

Domicilio Social: Ctra. de Madrid,s/n. Jaén. Emplazamiento: Cádiz.

Actividad: Fabricación de semolas y harinas.

Y demas documentación aportada y actuaciones practicadas en el expediente incoado al efecto.

Resultando que, en cumplimiento de Acuerdo del Consejo de Ministros, por Orden del Ministerio de Industria y Energia, de fecha 24 de julio de 1987 (BOE num.209, de 01.09.87) se le conceden determinados beneficios a la referida empresa, que se acogio a lo establecido por el Real Decreto

189

1985, de 16 de enero (BOE de 16 de febrero), entre cuyos beneficios se le reconoce una subvención de ciento dieciocho millones cuatrocientas cuarenta y nueve mil seiscientas (118.449.600) pesetas. Considerando que por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 26 de agosto de 1987 (BOJA num.84, de 13.10.87), se faculta al Consejero de Economica y Fomento, hoy de Fomento y Trabajo, a otorgar subvenciones a empresas incluidas en la Zona de Urgente Reindustrialización de la Bahia de Cádiz.

Considerando que, por aplicación del mencionado Acuerdo del Consejo de Gobierno, por la entonces Consejería de Economia y Fomento se le concedio a la empresa peticionaria una subvención parcial por importe de 26.960.000 pesetas (BOJA num.5, de 22 de enero de 1988). Considerando que por aplicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno, citado en el anterior considerando, se pueden conceder subvenciones confluentes, pero por cuantía no superior al cincuenta por ciento de las concedidas en cada caso por el Ministerio de Industria y Energia y publicadas en el Boletín Oficial del Estado. Vistas las disposiciones legales citadas y demas concordantes y de general aplicación.

DISPONGO:

Primero: Conceder a la mencionada empresa, con la debida fiscalizacion previa, otra subvención parcial de treinta y dos millones doscientas setenta y cuatro mil ochocientas (32.264.800) pesetas, bajo el exigidos en el Real Decreto 189

1985 y Acuerdo del Consejo de Gobierno de

26.08.87, antes citados.

Segundo: El perceptor de la presente subvención debera acreditar, antes del pago de la misma, hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en los términos señalados en la orden de 30 de junio de 1988 (BOJA num. 53, de 8 de julio).

Tercero: Autorizar la inserción del texto integro de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que se hace público en cumplimiento del artículo decimoctavo de la Ley

10/1987, de 23 de diciembre, aprobatoria del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1988 (BOJA num.107, de 28 de diciembre de 1987) .

Sevilla, 29 de diciembre de 1988

JOSE MARIA ROMERO CALERO

Consejero de Fomento y Trabajo

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