Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 12/5/1989

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

DECRETO 92/1989, de 3 de mayo, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Lepe (Huelva), a adoptar su Bandera Municipal y Escudo Heráldico.

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El Ayuntamiento de Lepe (Huelva) ha estimado oportuno adoptar su Bandera Municipal y Escudo Heráldico, a fin de perpetuar en ellos los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico. A tal efecto, y con arreglo a las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes, y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 14 de marzo de 1988, elevó a esta Consejería de Gobernación, para su definitiva aprobación, el correspondiente proyecto y memoria descriptiva de los mismos. El expediente se sustanció conforme a las normas establecidas al respecto en la Ley de Régimen Local y en los artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986, y con el informe preceptivo emitido por la Real Academia de la Historía, en sesión celebrada el día

18 de noviembre de 1988.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía, en relación con el apartado

3.1 del Real Decreto 3315/1983, de 20 de julio, confiere competencias a la Comunidad Autónoma en materia de otorgamiento a las Corporaciones Locales en lemas, honores y distinciones.

En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el artículo 16.8 de la Ley

6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 3 de mayo de 1989

DISPONGO:

Artículo Unico. Se autoriza al Ilmo. Ayuntamiento de Lepe (Huelva), para adoptar su Bandera Municipal y Escudo Heráldico que quedarán organizados en la forma siguiente:

Escudo rectangular redondeado inferiormente al estilo español en la proporción 5 x 6, cortado: el primer cuartel de azur con un castillo de plata, sumado de tres torres, mazonado de sable y aclarado de gules, acompañado de un grido de plata adiestrado, y de una rama de adelfa florecida, en su color, colocada entre el castillo y el grifo. El segundo cuartel de plata la figura de Rodrigo Pérez de Acevedo en el momento de divisar el nuevo mundo.

Bandera rectangular en la proporción de 11 x 18 compuesta por tres franjas paralelas y perpendiculares al asta, azul la primera, blanca, la segunda, y verde, la tercera. La primera y tercera tendrán de ancho 2/7 cada una de ancho total; y la blanca o del centro, los 3/7 de la misma medida. Sobrepuesto el escudo, puesto en el centro.

Sevilla, 3 de mayo de 1989

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

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