Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 1/8/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Trabajo

ORDEN de 6 de julio de 1989, por la que se convocan los premios Arco Iris del Cooperativismo 1989, y se publican las bases que regirán los mismos.

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Creados por Orden de 19 de septiembre de 1988, los Premios "Arcos Iris del Cooperativismo", con la finalidad de premiar, con carácter anual, la labor de las cooperativas andaluzas, personas e Instituciones que más se hayan destacado en la defensa y práctica de los principios universales del cooperativismo, procede ahora, de conformidad con lo establecido en su artículo 3, convocar los Premios "Arco Iris del Cooperativismo" 1989 y publicar las Bases que lo rijan.

En relación con las modalidades previstas en la Orden creadora de los Premios, se ha considerado oportuno incluir una nueva modalidad: "A la mejor Investigación Cooperativa", destinada a promover la labor de investigación y estudio directamente relacionada con el cooperativismo andaluz, actividad que se enmarca dentro de las ayudas que para la promoción y estímulo del Cooperativismo y la Economía Social prevé el Decreto 94/1987, de 8 de abril y la Orden de 8 de mayo de 1987 que la desarrolla, en el subprograma de "Ayudas a la Investigación y Documentación". En su virtud, y a propuesta del Director General de Cooperativas y Empleo

D I S P O N G O :

Artículo 1. Se convocan los Premios "Arco Iris del Cooperativis mo"

1989, que se regirán por las Bases que se publican como anexo a la presente Orden.

Artículo 2. Los Premios "Arco Iris del Cooperativismo" tendrán las siguientes modalidades:

"A la mejor experiencia de cooperativa juvenil". "A la mejor experiencia de integración cooperativa". "A la mejor labor en fomento del cooperativismo andaluz", "A la mejor cooperativa". "A la mejor investigación cooperativa".

Sevilla, 6 de julio de 1989

JOSE MARIA ROMERO CALERO

Consejero de Trabajo y Bienestar Social

ANEXO

BASES

Bases que rigen la convocatoria de los premios "Arco Iris del Cooperativismo" para 1989

Finalidad:

1º. Los Premios "Arco Iris del Cooperativismo" nacen con la finalidad de premiar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía:

a) A aquellas cooperativas que en su actividad resalten y potencien los principios cooperativos y se enmarquen dentro de una gestión empresarial eficaz.

b) A las personas físicas o jurídicas e Instituciones Públicas o Privadas que se hayan destacado en una actividad continuada y relevante en favor del desarrollo cooperativo andaluz.

c) La actividad de investigación y estudio de los temas relacionados con el cooperativismo andaluz o que puedan tener una repercusión o aplicación en el cooperativismo andaluz, así como el de contribuir a la difusión y conocimiento de los resultados conseguidos. Modalidades:

2. Los Premios "Arco Iris del Cooperativismo" tendrán las siguientes modalidades:

"A la mejor experiencia de cooperativa juvenil". "A la mejor experiencia de integración cooperativa". "A la mejor labor en fomento del cooperativismo andaluz", "A la mejor cooperativa".

"A la mejor investigación cooperativa".

Valoración:

3. Los aspectos que se tendrán en cuenta para la concesión de las distintas modalidades de los Premios "Arco Iris del Cooperativismo" serán los siguientes:

3.1. "A la mejor experiencia de Cooperativa Juvenil". Se entenderá como cooperativa juvenil aquella cooperativa en la que al menos el 80% de los socios sean menores de 25 años.

Proyecto desarrollado en el año 1988.

Originalidad del proyecto.

Esfuerzo de los socios en la superación de las etapas de creación de la empresa-cooperativa.

Esquema organizativo, social y empresarial.

Valores que sirvan de ejemplo y estímulo en el ámbito juvenil como respuesta profesional y laboral al desempleo juvenil.

3.2. "A la mejor experiencia de integración cooperativa". Dirigida a cooperativas de segundo o ulterior grado u otra forma de integración. Repercusión en el desarrollo de las actividades empresariales de las cooperativas asociadas. Esfuerzo personal y económico de los socios. Influencia en el fortalecimiento del tejido cooperativo andaluz.

3.3. "A la mejor labor en fomento del cooperativismo andaluz" La labor destacada de personas e Instituciones en la defensa continuada y relevante del desarrollo cooperativo andaluz.

3.4. "A la mejor cooperativa". Profundización y esfuerzo en la aplicación de los principios cooperativos. Esfuerzo en la formación permanente de sus socios. Política de distribución de excedentes. Gestión empresarial de la cooperativa. Esfuerzo en la actualización de los métodos de gestión en los diversos ámbitos de la empresa. Su contribución a la integración cooperativa.

3.5. "A la mejor investigación cooperativa". Tendrán cabida todas aquellas líneas de investigación de carácter técnico, jurídico, histórico o socio-económico que respondan a la finalidad definida para esta modalidad.

Presentación :

4. Los candidatos a las modalidades que integran los Premios "Arco Iris del Cooperativismo" serán propuestos al Consejo Andaluz de Cooperación, en base a los siguientes criterios:

4.1. Los candidatos a cualquiera de las modalidades que integran los Premios "Arco Iris del Cooperativismo", con la única excepción de la modalidad "A la mejor investigación cooperativa" deberán ser propuestos al Consejo Andaluz de Cooperación, conjuntamente, al menos, por tres cooperativas andaluzas o por las Federaciones de Cooperativas o sus Asociaciones.

Ni las Federaciones de Cooperativas ni sus Asociaciones podrán concurrir como candidatos a los Premios "Arco Iris del Cooperativismo".

4.2. Para la modalidad "A la mejor investigación cooperativa" serán admitidos los trabajos realizados individualmente o en grupo, sin que para ello sea preciso ser avalado o presentado por terceros. En el supuesto de que el trabajo sea presentado en grupo, se entenderá por autor, a los efectos de lo dispuesto en estas Bases, el primer firmante.

Documentación :

5.1. Las propuestas de candidatura a los Premios "Arco Iris del Cooperativismo", excepción hecha de la modalidad "A la mejor investigación cooperativa", deberán acompañarse, por triplicado, de la siguiente documentación:

a) Instancia presentada por las cooperativas andaluzas o por las Federaciones de Cooperativas Andaluzas o sus Asociaciones que hagan la proposición, dirigida al Consejo Andaluz de Cooperación expresando con claridad sus datos de identificación y domicilio.

b) Datos de identificación y domicilio del candidato propuesto, así como la denominación de la modalidad del Premio "Arco Iris del Cooperativismo" al que opta.

c) Propuesta, que deberá ser razonada, acompañada de una memoria detallada, así como de aquella documentación que se considere necesaria en orden a valorar los méritos contraídos por el candidato, en función de los valores que se exponen en el punto 3 de estas Bases, referidos a las distintas modalidades del Premio "Arco Iris del Cooperativismo". La documentación a la que se refieren los apartados b y c se presentarán conjuntamente con la instancia, en sobre cerrado, en el que figurará la inscripción "Premio Arco Iris del Cooperativismo" y se dirigirán al Consejo Andaluz de Cooperación, Dirección General de Cooperativas y Empleo, Avda. República Argentina, 43, Sevilla.

5.2. Podrán concurrir a la modalidad "A la mejor investigación cooperativa" quienes por la calidad de sus trabajos ya realizados y/o por sus méritos académicos y profesionales puedan avalar con rigor científico y técnico el trabajo de investigación con el que concurra, y deberán presentar en la dirección indicada y por triplicado, la siguiente documentación:

a) Instancia en la que se recoja el nombre, apellidos, domicilio y D.N.I. del candidato o candidatos.

b) Curriculum vitae del candidato o candidatos, con expresa indicación de sus respectivos títulos académicos y profesionales, así como de sus escritos y de las obras o trabajos publicados.

c) El trabajo que se presenta al Premio.

Plazo de presentación :

6. El plazo para presentar la documentación que se exige en el punto 5 de estas Bases finaliza a las 12 horas del 15 de noviembre de 1989

Comisión :

7.1. Con el objeto de facilitar la labor del Jurado que ha de fallar los Premios "Arco Iris del Cooperativismo", se constituirá una Comisión designada por el Consejo Andaluz de Cooperación que, en función a su especialidad, se encargará de estudiar la documentación aportada.

7.2. A este fin, la Comisión celebrará las sesiones que considere necesarias y se encargará de estudiar la documentación aportada y de solicitar cuanta documentación complementaria sea precisa, así como de remitir al Jurado una Memoria con las solicitudes presentadas.

Jurado :

8. El fallo del Premio "Arco Iris del Cooperativismo" corresponderá a un Jurado designado por el Consejo Andaluz de Cooperación, cuya composición se hará pública, siendo su fallo inapelable.

8.1. El fallo del Jurado se hará público y se adoptará antes de que finalice el año 1989.

8.2. El Jurado designará, de entre sus miembros, un Presidente y un Secretario, y aprobará sus propias normas de funcionamiento.

Premio

9.1. El Premio consistirá en una figura alusiva al símbolo cooperativo, figurando en su base la leyenda: "Premios "Arco Iris del Cooperativismo" 1989, Modalidad a la que corresponde y nombre o denominación del premiado. Cuando a juicio del jurado las propuestas recibidas en todas o algunas de las modalidades establecidas para el Premio "Arco Iris del Cooperativismo" no reuniesen los méritos suficientes, éste podrá ser declarado desierto. 9.2. Con independencia de lo establecido en el apartado anterior, el Premio a la modalidad "A la mejor investigación cooperativa" estará dotado con 500.000 ptas. y se considerará como beneficiario del importe del premio a quien aparezca como único o primer firmante del trabajo presentado.

9.3. La propiedad del trabajo premiado corresponde a sus autores, si bien, teniendo en cuenta la finalidad del mismo, el Consejo Andaluz de Cooperación se reservará el derecho a editar el trabajo por una sola vez, derecho que habrá de ejercitar dentro de los 3 meses siguientes a hacerse público el fallo, sin que por ello los autores devenguen otra cantidad por ningún concepto.

Coordinación :

10. El Consejo Andaluz de Cooperación y la Dirección General de Cooperativas y Empleo establecerán las normas de procedimiento adecuadas en orden a la coordinación y ejecución del Premio "Arco Iris del Cooperativismo".

Consideraciones generales :

11. Las personas, Entidades e Instituciones premiadas podrán hacer uso del premio recibido, indicando de forma expresa la modalidad y año al que corresponda.

Aceptación de las bases :

12. El hecho de participar en los Premios "Arco Iris del Cooperativismo" 1989, supone la aceptación previa de estas Bases.

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