Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 1/9/1989

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 18 de julio de 1989, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa por el ayuntamiento de Sorvilán (Granada), de una parcela de terreno necesaria para la construcción de una pista polideportiva.

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La no existencia, en la localidad de Sorvilán, de un lugar adecuado donde poder practicar deporte, unido a la necesidad de incorporar una parcela de 130 m2 a la de propiedad municipal, a fin de alcanzar las dimensiones exigidas para poder construir una Pista Polideportiva, y evitar el grave peligro para la seguridad de los residentes que entraña el uso de la carretera, para tal fin, además de ubicarla junto al Grupo Escolar en construcción, lo que posibilitaría el uso de la mencionada Pista Polideportiva por los escolares, sin necesidad de tener que cruzar la carretera, han movido a la Corporaión de Sorvillán a iniciar este expediente.

Así, y para poder remediar tal carencia, el Ayuntamiento de Sorvilán acordó, en sesiones celebradas los días 29 de marzo de 1988, y 7 de abril de 1989, iniciar expediente de expropiación forzosa de la citada parcela, así como solicitar del Consejo de Gobierno de esta Comunidad Autónoma, en sesión celebrada el día 8 de febrero de 1989, la declaración de urgente ocupación una vez entendida la declaración de utilidad pública, al amparo de lo establecido en el artículo 94 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por estar incluida la pista polideportiva en el Plan de Instalaciones Deportivas de la Excma. Diputación Provincial de Granada. Dado que la Corporación ha identificado plenamente el bien que ha de ser objeto de ocupación, y practicado la correspondiente información pública, mediante inserción del correspondiente edicto en los Boletines Oficiales de la Provincia de Granada números 106, de 11 de mayo de 1988, y 113, de

20 de mayo de 1989, presentándose escrito de alegaciones por D. Guillermo Rodríguez Romero, que han sido desestimadas por extemporáneas, en sesión celebrada el día 16 de diciembre de 1988, procede declarar la urgente ocupación pretendida, al entenderse cumplidos los requisitos exigidos por el artículo 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, en relación con el artículo 52 de la Ley.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, en relación con el apartado 4.3 del Real Decreto 3315/83, de 20 de julio, atribuye esta competencia a la Junta de Andalucía, correspondiendo su ejercicio al Consejo de Gobierno, a tenor de lo establecido en la Disposición Final Segunda de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma. En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 18 de julio de

1989.

ACUERDO:

Se declaa la urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa por el Ilmo. Ayuntamiento de Sorvilán (Granada), de una parcela de terreno de

130 m3, situada en el paraje denominado la Lomilla, propiedad de D. Guillermo Rodríguez Romero, que linda al Norte, con la Carretera Provincial; al Sur, con propiedad de D. José Pérez García; al Oeste, con terrenos propiedad del Ayuntamiento; y al Este, con propiedad de D. Matías Martín Rodríguez.

Sevilla, 18 de julio de 1989.

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

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