Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 19/10/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud

DECRETO 345/1990, de 16 de octubre, de modificación del Decreto 80/ 1987, de 25 de marzo sobre ordenación y organización del Servicio Andaluz de Salud.

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El Servicio Andaluz de Salud, Organismo Autónomo, se crea por la Ley 8/1986, de 6 de mayo, como órgano de gestión y administración de los Servicios Públicos de atención a la salud dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuya estructura y funcionamiento, en cumplimiento de lo dispuesto de la ley General de Sanidad, que regula en el Decreto 80/1987, de 25 de marzo. Cumplidos los objetivos de integración de los recursos sanitarios públicos previstos por la Ley

14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, resulta oportuno unificar la política de atención sanitaria en un Centro Directivo que coordine sus distintos niveles de prestaciones; todo ello, sin perjuicio de un ulterior desarrollo de la estructura orgánica del Servicio Andaluz de Salud.

En virtud y a propuesta del Consejero de Salud, con el informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda y la aprobación de la Consejería de Gobernación, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 16 de octubre de 1990.

DISPONGO:

Artículo Unico. Se crea como órgano de dirección y gestión del Servicio Andaluz de Salud, la Dirección General de Atención Sanitaria, que asumirá las funciones que el Decreto 80/1987, de 25 de marzo, atribuye a las Direcciones Generales de Atención Primaria y Promoción de la Salud y de Asistencia Especializada.

DISPOSICION ADICIONAL

Quedan suprimidas la Dirección General de Atención Primaria y Promoción de la Salud y la Dirección General de Asistencia Especializada, del Servicio Andaluz de Salud.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto.

Segunda. Se autoriza al Consejero para dictar las disposiciones necesarias de aplicación y desarrollo de lo establecido en este Decreto, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".

Sevilla, 16 de octubre de 1990

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE A. GRIÑAN MARTINEZ

Consejero de Salud

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