Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 26/10/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 15 de octubre de 1990, por la que se conceden subvenciones a las entidades locales territoriales que se indican de acuerdo con el Decreto 238/1988, de 21 de junio, sobre medidas de saneamiento de las haciendas locales y Orden de 15 de febrero de 1989.

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Por Orden de esta Consejería de fecha 15 de febrero de 1989, fueron subvencionadas entre otras, las Entidades Locales Territoriales que se indicarán seguidamente, de acuerdo con los arts. 2. y 4. del Decreto

238/1988, de 21 de junio, sobre Medidas de Saneamiento de las Corporaciones Locales, de esta Comunidad Autónoma. Las ayudas previstas en el art. 4. del mencionado Decreto, consistían en subvencionar en 7 puntos, el interés de los Préstamos que tuvieran concertados las citadas Corporaciones solicitantes, con el Banco de Crédito Local o cualesquiera otra Entidad financiera referidos al día 31 de diciembre de 1987, y hasta su amortización, con las limitaciones fijadas por el art. 3. de dicho Decreto.

Como consecuencia de lo expuesto, a las Entidades Locales Territoriales subvencionadas por la Orden de 15 de febrero de 1989, se les mantendrían las subvencions en años sucesivos y hasta la amortización de los Préstamos Concertados al 31 de diciembre de 1987, en la forma prevista en el art. 2. de la mencionada Orden.

Justificadas por las Corporaciones Locales que se expresan los requisitos exigidos, por las normas aplicables, procede mantener en su cuantía, para el presente ejercicio de 1990 las subvenciones concedidas por la Orden citada, o la reducción de las mismas, en la forma prevista en el art. 2., de dicha Orden.

Por todo ello, y teniendo en cuenta lo que establece al respecto el Decreto 238/1988, de 21 de junio, y la Orden de 15 de febrero de 1989, y, considerando las facultades que legalmente le vienen atribuidas a esta Consejería de Gobernación por la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, modificada por la Ley 9/1987 de 9 de diciembre y la Ley 2/1990, de 2 de febrero del Presupuesto de esta Comunidad para el presente ejercicio de 1990.

DISPONGO:

Primero. Subvencionar a las Entidades Locales Territoriales que se indican seguidamente con las cantidades que se expresan para el presente ejercicio de 1990, de conformidad con lo establecido en los arts. 3. y 4. del Decreto 238/1988, de 21 de junio sobre Medidas de Saneamientos de las Haciendas Locales y art. 2. de la orden de 15 de febrero de 1989.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Subvenciones concedidas en 1989 que se mantienen en su cuantía para 1990

Estas subvenciones irán con cargo a la aplicación presupuestaria

0.12.01.461.14A.1.

Segundo. A las Corporaciones Locales subvencionadas, para años sucesivos les será de aplicación lo establecido en el art. 2. de la Orden de 15 de febrero de 1989 ya citada.

Tercero. Las mencionadas subvenciones que se declaran específicas por razón de su objeto, se harán efectivas a las Entidades Locales Territoriales, para que éstas a su vez lo hagan a las Entidades Financieras Prestamistas, se justificarán en la forma prevista en el art.

38, del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 149/1988, de 5 de abril, encontrándose su destino afectado por lo dispuesto en los arts. 11 y 12 del Decreto 238/1988, de 21 de junio.

Cuarto. La presente Orden, serán notificada a cada Corporación subvencionada y publicada en el BOJA, a los efectos consiguientes.

Sevilla, 15 de octubre de 1990

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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