Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 12 de 15/2/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 29 de enero de 1991, por la que se autoriza el cambio de titularidad al Centro Privado de Educación General Básica Núñez Herrera, de Córdoba.

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Examinado el expediente incoado a instancia de D. Rafael Núñez Herrera, en su calidad de titular del Centro Privado de Educación General Básica "Núñez Herrera", con domicilio en c/ Marqués de Cabriñana nº 16 de Córdoba, con autorización definitiva para 8 unidades de Educación General Básica para 320 puestos escolares, por Orden de 23 de septiembre de 1982, al amparo de la Ley General de Educación, Decreto 1855/74, de 7 de junio, y demás disposiciones complementarias; Resultando que consultados los antecedentes obrantes en el Servicio de Preescolar y Educación General Básica de la Dirección General de Ordenación Educativa aparece, debidamente acreditada la titularidad del Centro "Núñez Herrera", a favor de D. Rafael Núñez Herrera; Resultando que D. Rafael Nuñez Herrera, mediante escritura de cesión otorgada ante el notario de Córdoba D. Manuel Castilla Torres, con el nº

2.241, de su protocolo, cede la titularidad del referido Centro a favor de D. Rafael Núñez Rodríguez, que la acepta; Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de Educación y Ciencia competente, que emite su preceptivo informe en sentido favorable, como asimismo lo hace el correspondiente Servicio de Inspección;

Vistos la Ley de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa de 4 de agosto de 1970 (BOE del 6 de agosto); el Decreto 1855/74, de 7 de junio (BOE del 10 de julio), sobre régimen jurídico de las autorizaciones de los Centros no estatales de Enseñanza; la Orden de 24 de abril de 1975 (BOE del 2 de mayo ); la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958 (BOE del 18 de julio) y la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE del 4 de julio): Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia;

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Conceder el cambio de titularidad del Centro Privado "Núñez Herrera", que en lo sucesivo la obstentará D. Rafael Núñez Rodríguez, que como cesionario queda subrogado en la totalidad de las obligaciones y cargas que afectan al Centro, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que el Centro pueda tener concedidas por la Administración Educativa así como aquéllas que le correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral.

El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del Centro.

Contra esta Orden podrá interponerse ante el Consejero de Educación y Ciencia, según establece el Artículo 126, párrafo 1º de la Ley de Procedimiento Administrativo, recurso de Reposición previo al Contencioso-Administrativo en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido por el Artículo 52, 2º de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 29 de enero de 1991

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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