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Para general conocimiento se hace público en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada, en fecha 21 de septiembre de 1990, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, resolviendo el Recurso núm. 90
89, cuyo
pronunciamiento es del siguiente tenor literal:
Fallamos: "Que desestimando el Recurso interpuesto por el Sr. Luque Coto contra Resolución de fecha 15 de marzo de 1988 del Consejero de Gobernación de la Junta de Andalucía que le denegó compatibilidad entre ATS del hospital del SAS de Cádiz y actividad privada de ATS Casino Bahía de Cádiz, debemos confirmar y confirmamos la resolución administrativa impugnada por ser ajustada a Derecho, sin costas. Y a su tiempo, con certificación de esta sentencia para su cumplimiento, devuélvase el expediente administrativo al lugar de procedencia".
Sevilla, 15 de febrero de 1991.- El Director General, Juan P. Gómez Jiménez.
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