Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 15/3/1991

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 13 de marzo de 1991, por la que se autoriza la fusión de las Cajas de Ahorros Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Cádiz, Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Almería, Caja de Ahorros Provincial de Málaga y Caja de Ahorros y Préstamos de Antequera, y la creación de una Caja de Ahorros, que se denominará Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera.

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Visto el escrito presentado en la Consejería de Hacienda y Planificación el día 13 de julio de 1990 (registro de entrada número 16.681), por don Braulio Medel Cámara, don Juvencio Maeztu Gregorio de Tejada, don Enrique Vázquez Moreno, don Francisco Rodríguez Morales, y don Gumersindo Ruiz Bravo de Mansilla, Presidentes de los Consejos de Administración del Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Cádiz, del Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Almería, de la Caja de Ahorros Provincial de Málaga y de la Caja de Ahorros y Préstamos de Antequera, respectivamente, en el que solicitan que, previos los trámites oportunos y las consultas preceptivas, se autorice la fusión de las entidades mencionadas mediante la disolución de todas ellas y la creación de otra nueva que se denominará Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera y,

RESULTANDO

1º. Que al escrito mencionado se acompaña el texto de los Estatutos y del Reglamento de Procedimiento Regulador del Sistema de Designaciones y Elecciones de los Organos de Gobierno de la nueva Entidad, el correspondiente expediente de solicitud de beneficios fiscales, la memoria de fusión y documentación anexa.

2º. . Que igualmente se acompañan los certificados de los acuerdos de las Asambleas Generales celebradas, en sesiones ordinarias, el día 24 de febrero de 1990 por el Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Cádiz, la Caja de Ahorros Provincial de Málaga y Caja de Ahorros y Préstamos de Antequera, donde se acordaron (puntos 5º y 6º del orden del día) la aprobación del proyecto de fusión mediante la disolución de las entidades fusionadas y la creación de una nueva entidad, y la aprobación de los Estatutos y del Reglamento de Procedimiento Regulador del Sistema de Designaciones de los Organos de Gobierno de la nueva entidad y los pactos de fusión, y en Asamblea General Extraordinaria, celebrada el día 26 de mayo de 1990, por el Mote de Piedad y Caja de Ahorros de Almería, donde se adoptaron idénticos acuerdos (puntos 3º y 4º del Orden del día).

3º. Que los días de 1 de agosto y 3 de agosto de 1990, fueron remitidas a la Confederación Española de Cajas de Ahorros y el Banco de España, respectivamente, copias de los expedientes de fusión presentados en esta Consejería, a fin de que se emitieran los informes previstos en el artículo segundo del Decreto 25/1983 de 9 de febrero (BOJA número 13 de

15 de febrero) por el que se regulan las competencias de la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de Cajas de Ahorros, informes que fueron cumplimentados con fecha 8 de agosto de 1990 por la Confederación de Cajas de Ahorros y el 13 de septiembre de 1990 por el Banco de España.

4º. Que el Presidente del Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, como Presidente de la Comisión de Gestión de la Fusión, ha presentado escrito de fecha 11 de marzo de 1991 (registro de entrada de esta Consejería número 11.541 de 12 de marzo) al que se acompañan los certificados de los acuerdos de los Consejos de Administración, celebrados por el Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda y Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Almería el día 9 de marzo de 1991, y por la Caja de Ahorros y Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Cádiz, la Caja de Ahorros Provincial de Málaga y la Caja de Ahorros y Préstamos de Antequera el día 11 de los corrientes (en uso de las facultades que les fueron conferidas por las Asambleas Generales los días 24 de febrero y 26 de mayo de 1990), en las que se aceptan los beneficios fiscales concedidos por la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de fecha 19 de febrero de 1991 (BOE número 48 de 25 de febrero) y se consideran cumplidas diversas condiciones supensivas, a excepción de la autorización administrativa de la fusión.

CONSIDERANDO

1º. Que es competencia de la Consejería de Economía y Hacienda el conocimiento de esta materia, en virtud de lo dispuesto en el artículo tercero. 1 del Decreto del Presidente 223/1990 de 27 de julio (BOJA núm.

63, de 28 de julio de 1990), sobre reestructuración de Consejerías, en relación con el artículo segundo. 1º.b) y cuarto. 1.a) del Decreto

25/1983 de 9 de febrero (BOJA núm. 13 de 15 de febrero), por el que se regulan las competencias de la Comunidad Autónoma Andaluza sobre las Cajas de Ahorros.

2º. Que el Banco de España y la Confederación Española de Cajas de Ahorros han emitido sendos informes en cumplimiento de lo establecido en el artículo segundo 1 del referido Decreto 25/1983, de 9 de febrero.

3º. Que se han cumplido las condiciones previstas en el artículo 12 del Decreto de 14 de marzo de 1933, por el que se aprueba el Estatuto de las Cajas Generales de Ahorro Popular, al no hallarse en liquidación las entidades que se fusionan, ni modificarse, gravarse o perjudicarse los derechos y las garantías de los afectados por la fusión, según consta expresamente en las certificaciones de los acuerdos adoptados por las respectivas Asambleas Generales Ordinarias de 24 de Febrero de 1990 celebradas por le Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Cádiz, de la Caja de Ahorros Provincial de Málaga y de la Caja de Ahorros y Préstamos de Antequera, y por la Asamblea General Extraordinaria celebrada por el Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Almería el día 26 de mayo de 1990.

4º. Que la fusión conlleva la disolución de las entidades fusionadas, con la creación de una nueva Entidad a la que se transferirá sin liquidación y a titulo universal, la totalidad de los patrimonios, derechos y obligaciones de las entidades disueltas, tal y como se acordó en las respectivas Asambleas Generales celebradas los días 24 de febrero y 26 de mayo de 1990, ya reseñadas en el considerando anterior.

5º. Que los Estatutos y el Reglamento de Procedimiento Regulador del Sistema de Designaciones y Elecciones de los Organos de Gobierno por los que se han de regir la nueva entidad se ajustan en sus términos a lo establecido en la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros, en el Real Decreto 798/1986, de 21 de marzo de desarrollo parcial de la Ley 31/1985, de 2 de agosto y en el Decreto 99/1986 de 28 de mayo, por el que se desarrolla la Ley 31/1985 de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Vista la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros, el Decreto

99/1986 de 28 de mayo por el que se desarrolla la Ley 31/1985 de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros en la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Real Decreto 798/1986 de 21 de marzo de desarrollo parcial de la Ley 31/1985, de 2 de agosto y demás disposiciones concordantes que resultan de aplicación. Esta Consejería de Economía y Hacienda, en uso de las facultades conferidas por el Decreto 25/1983, de 9 de febrero, por el que se regulan las competencias de la Comunidad Autónoma Andaluza sobre las Cajas de Ahorros.

RESUELVE

Primero. Autorizar la fusión de las Cajas de Ahorros Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Cádiz, Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Almería, Caja de Ahorros Provincial de Málaga, Caja de Ahorros y Préstamos de Antequera, mediante la creación de una nueva entidad dotada de personalidad jurídica propia, proveniente de la previa disolución, sin liquidación de aquéllas y que actuará bajo la denominación Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera.

Segundo. Aprobar los Estatutos Sociales y el Reglamento de Procedimiento Regulador del Sistema de Designaciones y Elecciones de los Organos de Gobierno del Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera.

Tercero. Inscribir a la nueva Caja de Ahorros resultante de la fusión, Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera, en el Registro de Cajas de Ahorros, y proceder a la cancelación simultánea de las inscripciones de las Cajas de Ahorros fusionadas, previa acreditación del otorgamiento de la escritura pública de fusión.

Sevilla, 13 de marzo de 1991

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Economía y Hacienda

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