Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 21 de 22/3/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 7 de marzo de 1991, de la Delegación Provincial de Granada, autorizando el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios en los capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de Instalaciones eléctricas, Decreto 2619/66, Ley 10/66, Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión de 28.11.68. De acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2. del R.D. 1091/81, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5. del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias.

Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:

Peticionario: Cía. Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: Granada, Escudo del Carmen 31

Línea eléctrica

Origen: Línea aérea a Campotéjar

Final Derivación a Domingo Pérez

Términos municipales afectados: Campotéjar-Iznalloz Tipo: Aerea

Longitud en Km.: 4,846

Tensión de servicio: 12/20 Kv.

Conductores: Al. Ac. de 54,6 mm2.

Apoyos: Metálicos

Aisladores: cadena 3 elementos

Potencia a transportar: 6990 Kva.

Procedencia de los materiales: nacionales Presupuesto: 11.867.274 ptas.

Finalidad: Sustituir la actual línea en mal estado (Planer 90) Referencia: 4704/A.T.

Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. Se observarán los condicionados emitidos por Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental y Ayuntamiento de Iznalloz. El plazo de puesta en marcha será de doce meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.

Granada, 7 de marzo de 1991.- El Delegado, Pedro M. Serrano León

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