Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 12/4/1991

1. Disposiciones generales

Consejería de la Presidencia

DECRETO 77/1991, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa Estadístico Anual de la Comunidad de Andalucía para 1991.

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La Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece, en su artículo 4, que el Plan Estadístico de Andalucía será el marco obligado para el desarrollo de la actividad estadística de la Comunidad Autónoma. Dicho Plan, que será aprobado por Ley, contendrá como mínimo las estadísticas que se realizarán durante su periodo de vigencia, los sujetos obligados a suministrar la información y plazos de entrega y las previsiones presupuestarias necesarias durante el periodo de vigencia del Plan.

Asimismo, el artículo 5 de dicha Ley prevé la elaboración de un Programa Estadístico Anual, aprobado por el Consejo de Gobierno, para definir la actividad estadística, a desarrollar cada año, contenida en el Plan Estadístico de Andalucía.

Hasta tanto entra en vigor el Plan Estadístico de Andalucía y a tenor de lo establecido en la Disposición Transitoria Primera de la citada Ley

4/1989, las actuaciones de la Comunidad Autónoma en materia estadística se regirán por Programas Anuales aprobados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de la Presidencia, consultado el Consejo Andaluz de Estadística, y con la aprobación del Consejo de Dirección del I.E.A. y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 9 de abril de 1991.

DISPONGO:

Artículo único. Aprobar el Programa Estadístico Anual de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1991, adjunto como Anexo al presente Decreto.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Se faculta a la Consejería de la Presidencia para que dicte cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación del presente Decreto.

Segunda. El Presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, extendiendo su vigencia a todas las actuaciones estadística programadas para el año

1991.

Sevilla, 9 de abril de 1991

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de la Presidencia

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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