Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 13/7/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo

ORDEN de 1 de julio de 1991, por la que se delega en el Delegado Provincial de Trabajo de Sevilla la firma con el Sindicato Provincial de Construcción y Madera de Comisiones Obreras de Andalucía de un convenio de colaboración relativo al Plan de Actuación en el Sector de la Construcción.

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De conformidad con lo previsto en el artículo 47º de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autonoma, en relación con el artículo 39º de la Propia Ley, los Consejeros pueden delegar sus atribuciones o competencia administrativas en órganos jerárquicamente subordinados o en entidades adscritas. En su virtud, en uso de las facultades que me están conferidas.

DISPONGO

Artículo primero: Se delega en el Delegado Provincial de Trabajo de Sevilla la firma con la Sindicato Provincial de Costrucción y Madera de Sevilla de Comisiones Obreras de Andalucía, del Convenio de Colaboración relativo al Plan de Actuación en el Sector de la Construcción, cuyo text se incorpora como Anexo de la presente disposición.

Artículo segundo: Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de s publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 1 de julio de 1991

FRANCISCO OLIVA GARCIA

Consejero de Trabajo

ANEXO

CONVENIO DE COLABORACION ENTRE LA CONSEJERIA DE TRABAJO Y EL SINDICATO PROVINCIAL DE CONSTRUCCION Y MADERA DE SEVILLA DE COMISIONES OBRERAS DE ANDALUCIA RELATIVO AL PLAN DE ACTUACION EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCION EN LA PROVINCIA DE SEVILLA

El Incremento de la actividad del Sector de la Construcción en España se refleja con mayor intensidad en Andalucía y, dentro de ésta, en Sevilla, consecuencia del volumen creciente de obra pública y privada, actualmente en fase de desarrollo, relacionada directa o indirectamente, con la Exposición Universal de 1992. Ello ha traído consigo, desgraciadamente, un aumento de la siniestralidad en el sector, lo que constituye un serio motivo de precupación, tanto para la Administración Autonómica como par el Sindicato Provincial de Construcción y Madera de Sevilla de COAN. La Consejería de Trabajo, consciente de la necesidad de adoptar una serie de medidas conducentes a controlar esta situación derivada del crecimient acelerado del volumen de obras ya citado, ha creído conveniente impulsar, de manera especial en la provincia de Sevilla por las circunstancias concurrentes, el Plan de Actuación en el Sector de la Construcción, en adelante Plan, previsto para la Comunidad Autónoma Andaluza, con el objetivo primordial de inssistir en el control de la siniestralidad y en la mejora de las condiciones de trabajo de la población laboral de Sevill que realiza su actividad en este sector.

En la ejecución del mencionado Plan, así como en al consecucíon de sus objetivos y en la puesta en práctica de las acciones previstas para ello, se han comprometido distintas Instituciones y Organismos y, entre ellos, la Federación Provincial mencionada, iniciándose el pasado año la colaboración entre ambas Instituciones, a través de un Convenio con objetivos similares al presente.

Por todo ello, de un parte el llmo. Sr. D. Enrique Martínez Lagares, Delegado Provincial de Trabajo de Sevilla, actuando por delegación del Exmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, conferida por Orden de 1 de julio de 1991, y de otra Don Juan Macho Ruiz, Secretario Provincial de Construcción y Madera de COAN de Sevilla

ACUERDAN

1º. La Organización citada se compromete a participar de forma activa en el Organo Provincial de Seguimiento y Control del Plan, así como en los posibles Grupos de Trabajo específicos que se creen dentro del mismo. Igualmente se compromete a extender el Plan a los centros de trabajo ubicados en Sevilla y provincia, fomentando la sensibilización en las materias preventivas, tanto de sus afiliados como del personal obrero en general; también ejercerán, tareas preventivas a través de especialista en Seguridad pertenecientes a su Organización. El Sindicato Provincial de Construcción Madera de COAN de Sevilla se compromete a la impartición de charlas de sensibilización, tanto a los Comités de Seguridad e Higiene, Vigilantes de Seguridad y Delegados de Personal, como a los demás trabajadores del sector. Asimismo celebrará Seminarios de sensibilización, a nivel sindical en los que podrá participar la Administración Autonómica. Todo ello quedará reflejado en el correspondiente Plan de Trabajo.

2º. La Consejería de Trabajo aportará, para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior, la cantidad de cinco millones de pesetas (5.000.000), con objeto de compensar a la mencionada Organización los gastos de desplazamiento y organizativos derivados de su colaboración.

3º. En los folletos, carteles de divulgación, etc. que se realicen dentro del Plan de Trabajo contemplado, deberá constar expresamente la colaboración de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, a través de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social.

4º. El Sindicato Provincial de Construcción y Madera de Sevilla COAN recibirá a la firma del presente documento, previa presentación del Plan de Trabajo mencionado en el apartado 1º de este Acuerdo, el 50% de la cantidad reflejada en el apartado 2º, y el 50% restante se hará efectivo tras la presentación de la Memoria de Actividades realizadas.

Por delegación.- El Delegado Provincial de Trabajo, Enrique Martínez Lagares. Por el Sindicato Provincial de Construcción y Madera de COAN de Sevilla, Juan Macho Ruiz.

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