Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 8/11/1991

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Otros. AYUNTAMIENTO DE IZNALLOZ (GRANADA)

EDICTO.

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El Señor Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Iznalloz, hace saber:

Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de septiembre de 1991, ha acordado convocar oposición libre de una plaza, escala Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, clase personal de Oficios, Limpieza pública, con arreglo a las siguientes:

BASES PARA LA PROVISION PUESTO DE FUNCIONARIO LIMPIEZA PUBLICA

I). Naturaleza y características de la plaza convocada. De acuerdo con la oferta de empleo público, se convocan pruebas selectivas para proveer por el sistema de oposición libre, una plaza, de la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales Clase personal de oficios, cuya denominación es la de Limpieza Pública, Grupo, según el artículo 25 Ley 30/84, "E".

II). Sistema Selectivo. Será el sistema de oposición libre.

III). Condiciones o requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes. Para tomar parte en la oposición será necesario:

a) Ser español, varón o mujer, mayor de 18 años y no exceder de 55 años, ambos referidas al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.

b) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las CCAA. o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

IV). Instancias. Las instancias solicitando tomar parte en la oposición, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base anterior, se dirigirán al Sr. Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de ésta, los días laborables de 9 a 14 horas, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente en que aparezca el extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". A las instancias, que t también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, se deberá adjuntar la correspondiente carta de pago justificativa de haber abonado el importe por derecho de examen, establecido en 3.000 ptas. y fotocopia del DNI.

V). Admisión de aspirantes. Terminado el plazo de presentación de instancias y en el término de un mes, la Presidencia de esta Entidad dictará resolución aprobatoria de la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, contra la cual pueden presentarse cuantas reclamaciones se estimen oportunas, dentro del plazo de quince días, a partir del siguiente en el que se haya publicado dicha lista provisional en el "Boletín Oficial de la Provincia". Asimismo, y de conformidad con lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo, se abre un plazo de subsanación de errores de diez días, también a partir de la misma publicación.

VI). Tribunal calificador. El Tribunal calificador estará integrado, conforme a lo dispuesto en el artículo 4-e), y f) del RD. de 7 de junio de 1991, de reglas básicas y programas mínimas a que debe ajustarse el procedimiento de selección, y estará constituido por: Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien deleguen. Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía. Un Jefe de servicio dentro del respectiva especialidad o, en su defecto, un técnico o experto designado por el Alcalde. Un representante Sindical de los Funcionarios de la Corp. Un funcionario con habilitación de carácter nacional, designado por la Corporación.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue. Se designarán suplentes que, simultáneamente con los titulares respectivos formarán el Tribunal. La designación de los miembros del Tribunal se hará público en el BOP, así como en el tablón de anuncios de la Corporación.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de la mitad más uno de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente, teniendo competencia y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en la oposición y que no se hallen previstas en las Bases.

El Tribunal responsable de la selección no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

VII). Lista definitiva de admitidos, componentes del Tribunal calificador y lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios. Terminados los plazos a que se refiere la base quinta, resueltas las reclamaciones y corregidos errores, en su caso, conocidos los nombres de los componentes del Tribunal calificador, se publicará en el BOP y tablón de anuncios de este Ayuntamiento:

a) La lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

b) Nombre de las personas que integrarán el tribunal calificador titulares y suplentes.

c) Lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.

VIII). Pruebas selectivas. La oposición consistirá en los siguientes ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:

1º. Ejercicio. Escrito que contendrá las siguientes materias:

a)Escritura al dictado de un texto elegido por el Tribunal.

b) Realización de dos problemas en los que intervengan las 4 reglas fundamentales de la aritmética.

2º. Ejercicio. Escrito, tipo test: sobre los temas del programa que se inserta como anexo al final de estas bases.

3º. Ejercicio. Práctico. Que consistirá en realizar dos pruebas a propuesta del Tribunal para determinar más adecuadamente la aptitud del aspirante, a la plaza convocada.

IX). Sistema de calificación. Todos los ejercicios obligatorios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos.

El numero de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios será de cero a diez. Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes en aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.

El orden de calificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los ejercicios.

X). Relación de aprobados. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por el orden de puntuaciones, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas y elevará dicha relación al Presidente de la Corporación para que formule el nombramiento pertinente. Al mismo tiempo remitirá a dicha autoridad el acta de la última sesión.

XI). Presentación de documentos. 1. Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración dentro del plazo de veinte días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la oposición se exigen en la base tercera:

a) Fotocopia compulsada del Documentos Nacional de identidad.

b) Copia auténtica o fotocopia ( que deberá presentar acompañada del original para su compulsa) del título exigido.

c) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función a desempeñar, expedido por el Jefe Local de Sanidad y Servicios Sanitarios del Centro de Salud.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

2. Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de la Administración Pública de que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.

3. Quienes dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anulados todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

XII). Nombramiento y toma de posesión. Concluido el proceso selectivo y aportados los documentos a que se refiere la Base anterior, al Alcalde de acuerdo con la propuesta del Tribunal calificador procederá a nombrar funcionarios de carrera, los cuales deberán tomar posesión en el plazo de treinta días, a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestara juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el RD. 707/1979, de

5 de abril.

Quienes sin causa justificada no tomen posesión en el plazo señalado, quedarán en la situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y del nombramiento conferido.

XIII). Normativa aplicable. Para lo no previsto en estas bases, se estará a lo determinado en la Ley 30/1984 de 2 agosto, Ley 7/1985 de 2 de abril, Real Decreto Legislativo 78/1986, de 18 de abril, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio y supletoriamente en el Real Decreto 223/1984, de 19 de diciembre, así como en las demás disposiciones que resulten de aplicación.

XIV). La presente convocatoria y sus bases, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma previstos en la legislación vigente.

Iznalloz, 18 de septiembre de 1991.- El Alcalde.

ANEXO I

Programa

I. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. II. Organos de la Administración Local. El Pleno.

III. La Comisión de Gobierno y el Alcalde.

IV. Ordenanzas y Reglamentos municipales. Bando de la Alcaldía. V. La organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. VI. El Municipio, sus elementos.

VII. El funcionario municipal, clases, nombramiento y cese. VIII. Derechos y Deberes de los funcionarios de Administración local. Faltas y sanciones.

IX. Los tributos Locales.

X. La Autonomía Andaluza. Principios generales.

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