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La Orden de 25 de junio de 1991, de la Consejería de Agricultura y Pesca regula en sus artículos 7º al 11º y Disposición Adicional Primera, los objetivos, contenidos, tramitaciones , vigencia y fechas límites de presentación, de los Planes Técnicos de Caza.
Al existir en la Comunidad Autónoma de Andalucía unos siete mil cotos privados de caza, con el fin de evitar la acumulación de expedientes y el consiguiente retraso en su resolución, la Orden de
23 de enero de 1992, sobre modificación del calendario de los Planes Técnicos de Caza, prorrogó para determinadas categorías de cotos las fechas límites de presentación. Manteniéndose la existencia de la problemática antes expuesta, es conveniente ampliar el plazo de presentación de los planes técnicos de caza para los cotos incluidos en la categoría B, C y D.
En virtud de lo anterior, esta Consejería de Agricultura y Pesca, a propuesta del Presidente del I.A.R.A. ha tenido a bien disponer:
Artículo único: Para los cotos de categoría B, C y D, la fecha límite para la presentación de los correspondientes Planes Técnicos de Caza, será la del día 1 de octubre de 1992.
Disposición final: La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 14 de mayo de 1992
LEOCADIO MARIN RODRIGUEZ
Consejero de Agricultura y Pesca
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