Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 8/8/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 24 de junio de 1992, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se concede al Ayuntamiento de Algar (Cádiz) una subvención por importe de un millón seiscientas trece mil pesetas, de las previstas en el Decreto que se cita.

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Vista la solicitud presentada en esta Delegación por el Ayuntamiento de Algar, sobre subvencion para la «Adquisición de una finca para construcción de un Camping¯ al amparo de lo establecido en el Decreto 117/89, de 31 de mayo por el que se regulan las subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a aquellas Entidades Territoriales, para gastos de inversión recogidas en el artículo 1º B) de citado Decreto.

Resultando que el Ayuntamiento aporta la documentación requerida en el Artículo 3º de la Orden de 2 de junio de 1989, Resultando que, estudiada la petición y fundamentada en que es una obra municipal cuya prestación significa una iniciativa de especial interés, conforme a lo establecido en el artículo 1º B), párrafo 2º del Decreto 117/89, de 31 de mayo, y contando esta Delegación con dotación presupuestaria,

Considerando que en virtud de lo establecido en la Orden de

11 de marzo de 1992, se faculta a este Delegado de Gobernación para otorgar, en esta provincia, las subvenciones solicitadas al amparo de lo establecio en el Decreto 117/89 y, teniendo en cuenta el artículo 18.5 de la Ley 3/1991, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para

1992, al objeto de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación del correspondiente acuerdo de concesión de subvención. Y en uso de las facultades que el Artículo único de la citada Orden de 11 de marzo de 1992, me atribuye.

RESUELVO

1) Conceder al Ayuntamiento de Algar la cantidad de

1.613.000 pts., en concepto de subvención para la finalidad expresada.

2) Notificar su otorgamiento al citado Ayuntamiento.

3) Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación.

4) Requerir en el plazo máximo de 2 meses que justifique la aplicación de la subvención otorgada mediante Certificación del ingreso en su contabilidad, con expresión del asiento contable practicado y certificado acreditativo de la realización del servicio al cual va destinada la subvención (artículos 38 y 40 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía).

Cádiz, 24 de junio de 1992.- EL Delegado, José Luis Blanco Romero.

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