Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 18/5/1993

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 28 de abril de 1993, de la Dirección General de Personal, por la que se establecen las normas a las que se ajustarán los contenidos de índole práctica en las pruebas de ingreso a los Centros de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de F. P., Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, convocadas por la Orden que se cita.

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De conformidad con la Base 6 de la Orden de 7 de abril de

1993 (BOJA del 15) por la que se realizó convocatoria pública para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, en las modalidades de Ingreso a la Función Pública y Movilidad del Grupo B al Grupo A.

Esta Dirección General de Personal Ha Resuelto:

1º) Hacer públicas las normas a las que se ajustarán los contenidos de índole práctica en las especialidades de los Cuerpos que se indican en el Anexo I a esta Resolución.

2º) Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimento Administrativo Común.

Sevilla, 28 de abril de 1993. El Director General, Alfonso Vázquez Medel.

ANEXO I

A. ESPECIALIDADES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA EN LAS QUE LOS PARTICIPANTES DEBERAN REALIZAR CONTENIDOS DE INDOLE PRACTICA

Griego y Latín.

Los Tribunales Seleccionadores propondrán a los participantes, para su traducción en acto único y simultáneo para todos, un texto escrito en la lengua de que se trate que habrán de traducir con diccionario. Posteriormente y dentro del debate, el Tribunal Seleccionador planteará al candidato las preguntas que estime pertinentes para comprobar su grado de comprensión del texto citado y su capacidad de análisis del mismo. Educación Física.

Los candidatos serán convocados por los Tribunales en acto colectivo previo a la realización de las pruebas individuales, para el desarrollo de contenidos de índole práctica que deberán permitir comprobar la capacidad del candidato para diseñar ejercicios, en relación con todos o algunos de los siguientes aspectos: Resistencia, flexibilidad, velocidad, fuerza y relación. El Tribunal determinará la forma en que se concreten los contenidos prácticos desde los supuestos mencionados. Música.

Antes de iniciar el desarrollo de la prueba de conocimientos y durante 15 minutos, el candidato deberá realizar la lectura de un fragmento rítmico de 32 compases e interpretar un fragmento musical con el instrumento que prefiera, siempre a partir de partituras entregadas por el Tribunal al candidato cuando éste se encierre para preparar el tema elegido, de entre los extraídos por sorteo.

Tecnologías de Delineación Administrativa y Comercial, Sanitaria e Informática de Gestión.

Los candidatos serán convocados por los Tribunales en acto colectivo, previo a la realización de las pruebas individuales para el desarrollo simultáneo de los contenidos de índole práctica que a continuación se indican:

Resolución de dos supuestos prácticos a elegir entre los cuatro propuestos por el Tribunal, relacionados con las cuestiones de los programas oficiales.

En el debate, las preguntas podrán referirse tanto al tema expuesto y a su planteamiento didáctico como al supuesto práctico realizado.

Dibujo.

Los candidatos serán convocados por los Tribunales en acto colectivo, previo a la realización de las pruebas individuales, para el desarrollo de los contenidos de índole práctica que a continuación se indican:

a) Los Tribunales determinarán el contenido de índole

práctica que permita comprobar la capacidad del candidato, tanto en la vertiente técnica como en la vertiente artística del dibujo. Los contenidos prácticos tendrán una referencia a temas del cuestionario.

b) En el debate, las preguntas podrán referirse tanto al tema expuesto y a su planteamiento didáctico, como al contenido de índole práctica realizado por el candidato.

B. CONTENIDOS DE INDOLE PRACTICA PARA EL INGRESO EN EL

CUERPO DE PROFESORES DE ARTES PLASTICAS Y DISEÑO

Dibujo Artístico.

Los conocimientos de índole práctica, se valorarán en un supuesto cuyo desarrollo, que se realizará de forma simultánea y no excederá de cinco días, será establecido por el Tribunal correspondiente ajustándose a lo dispuesto a continuación: a) Análisis del natural. Análisis mimético, Análisis de formas. Comprensión estructural interna, externa. Análisis del Claroscuro. Bocetaje. Retentiva y movimiento. Utilización creativa de los diferentes recursos y técnicas gráfico-plásticas. El trazo. El gesto. Expresividad artística.

b) Desarrollo especial. Composición, color, texturas en el proyecto gráfico.

c) Acotación de objetos. Desarrollo con proyecciones diédricas y/o representación axonométrica y perspectiva.

Dibujo Lineal.

Los conocimientos de índole práctica, se valorarán en un supuesto cuyo desarrollo, que se realizará de forma simultánea y no excederá de cinco días, será establecido por el Tribunal correspondiente ajustándose a lo dispuesto a continuación: Conocimiento y capacidad referente de los procesos básicos y las diversas técnicas de ejecución en el dibujo normalizado y arquitectónico. Abocetamiento. Toma de datos.

Croquización, composición y desarrollo del proyecto.

C. CONTENIDOS DE INDOLE PRACTICA PARA EL INGRESO EN EL

CUERPO DE PROFESORES TECNICOS DE FORMACION PROFESIONAL

En todas las especialidades para ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional los candidatos deberán desarrollar contenidos de índole práctica.

Los Tribunales convocarán a los candidatos por grupos o de forma colectiva, antes de la realización de las pruebas individuales, para el desarrollo de los contenidos de índole práctica que a continuación se indican:

a) Los contenidos prácticos, que tendrán una referencia a temas del cuestionario deberán permitir comprobar la capacidad del candidato en los conocimientos prácticos de la especialidad por la que haya optado.

b) El Tribunal determinará en el acto de presentación la forma en que se concretarán los contenidos, dede los supuestos mencionados.

D. CONTENIDOS DE INDOLE PRACTICA PARA EL INGRESO EN EL

CUERPO DE PROFESORES DE MUSICA Y ARTES ESCENICAS

Común para todas las especialidades. Para todas las especialidades de Música y Artes Escénicas, la exposición oral a que

se refiere el subapartado 6.3.1. de esta convocatoria incluirá un ánálisis estético-formal de una obra o fragmento propuesto por el Tribunal que, en el caso de los instrumentistas, deberá incluir digitación, articulación y fraseo. La preparación, exposición oral y debate de dicho análisis se realizará dentro de los tiempos establecidos en dicho subapartado.

Específicos para cada especialidad. Se realizará una vez concluida la exposición y debate a los que se refiere el subapartado

6.3.1 y se ajustarán a lo dispuesto a continuación:

Armonía y melodía acompañada.

Realización de un trabajo mixto de armonía (bajo y tiple combinado) propuesto por el Tribunal.

(Tiempo máximo para su realización, doce horas).

Danza clásica.

Impartir una clase para el nivel elegido libremente por el candidato, de una duración no inferior a cuarenta y cinco minutos, seguida de un debate que se desarrollará en un tiempo

máximo de quince minutos.

Canto.

Presentación de un programa de concierto elegido por el opositor en el que estén incluidas obras de diferentes épocas y estilos y en el que se cante al menos en español, italiano, francés y alemán. El opositor deberá cantar las obras que el Tribunal seleccione de dicho programa durante un tiempo que en ningún caso será inferior a treinta minutos. El opositor aportará su pianista acompañante.

Se valorará la dificultad técnica e interés artístico del programa presentado.

Danza española.

Impartir una clase para el nivel elegido libremente por el candidato, de una duración no inferior a cuarenta y cinco minutos, seguida de un debate, que se desarrollará en un tiempo

máximo de quince minutos.

Guitarra.

Presentación de un programa de concierto elegido por el opositor en el que estén incluidas al menos una obra polifónica, una clásica, una romántica y otra del siglo XX, todas ellas publicadas. El opositor interpretará las obras que el Tribunal seleccione de dicho programa, durante un tiempo que en ningún caso será inferior a cuarenta minutos.

Se valorará la dificultad técnica e interés artístico del programa presentado.

En su caso el opositor presentará su acompañante.

Guitarra acompañante (flamenco).

Acompañar con bailaor o bailaora los siguientes bailes: Tanguillo de Cádiz, soleares, alegrías, tientos, tangos, seguiriyas, farruca, bulerías, zapateado y taranto.

El opositor presentará su acompañante.

Tiempo máximo para su realización: (Una hora).

Instrumentos de viento madera-metal (flauta travesera, clarinete, trompa, trompeta, trombón y saxofón).

Presentación de un programa de concierto elegido por el opositor en el que estén incluidas al menos una obra clásica, una romántica y otra del siglo XX, todas ellas publicadas. El opositor interpretará las obras que el Tribunal seleccione de dicho programa durante un tiempo que, en ningún caso, será inferior a

cuarenta minutos.

Se valorará la dificultad técnica e interés artístico del programa presentado.

En su caso el opositor aportará su acompañante.

Percusión.

Presentación de un programa de concierto en el que se empleen distintos instrumentos de percusión, elegido por el opositor, con obras todas ellas publicadas y en el que estén incluidas al menos una obra de textura polifónica. El opositor interpretará las obras que el Tribunal seleccione de dicho programa durante un tiempo que, en ningún caso, será inferior a cuarenta minutos. Se valorará la dificultad técnica e interés artístico del programa presentado.

Piano.

Presentación de un programa de concierto elegido por el opositor en el que estén incluidas al menos una obra polifónica, una clásica, una romántica, una impresionista y otra del siglo XX, todas ellas publicas. El opositor interpretará las obras que el Tribunal seleccione de dicho programa durante un tiempo que, en ningún caso, será inferior a cuarenta minutos

Se valorará la dificultad técnica e interés artístico del programa presentado.

Pianista acompañante (canto).

Presentación de un programa de concierto para voz y piano elegido por el opositor en el que estén incluidas al menos un ciclo completo de lieder y ciclo completo de canciones españolas, todas ellas publicadas. El opositor interpretará las obras que el Tribunal seleccione de dicho programa durane un tiempo que, en ningún caso, será inferior a cuarenta minutos, y repentizará al piano una obra o fragmento para voz y acompañamiento pianístico propuesto por el Tribunal. Se valorará la dificultad técnica e interés artístico del programa presentado.

El opositor aportará su acompañante.

(Tiempo máximo para su realización: Noventa minutos).

Pianista acompañante (danza).

Interpretación al piano acompañando a un bailarín de dos obras, una para ballet clásico y otra para danza española, elegidas por el opositor y repentización al piano de una obra musical o fragmento propuesto por el Tribunal acompañando a un

bailarín.

Se valorará la dificultad técnica e interés artístico de las obras presentadas.

El opositor aportará su acompañante.

(Tiempo máximo para su realización: Noventa minutos).

Solfeo y teoría de la música.

Entonación a primera vista de una lección de solfeo, repentización de su acompañamiento y realización de un dictado musical a tres voces. La lección y el dictado serán compuestos por el Tribunal expresamente para este concurso-oposición.

(Tiempo máximo para su realización: Dos horas).

Violín.

Presentación de un programa de concierto elegido por el opositor en el que estén incluidas al menos una obra barroca, una clásica, una romántica, una impresionista y otra del siglo XX, todas ellas publicadas. El opositor interpretará las obras que el Tribunal seleccione de dicho programa durante un tiempo que, en ningún caso, será inferior a cuarenta minutos.

Se valorará la dificultad técnica e interés artístico del programa presentado.

En su caso el opositor aportará su acompañante.

Violoncello.

Presentación de un programa de concierto, elegido por el opositor en el que estén incluidas al menos una obra barroca, una clásica, una romántica, una impresionista y otra del siglo XX, todas ellas publicadas. El opositor interpretará las obras que el Tribunal seleccione de dicho programa durante un tiempo que, en ningún caso, será inferior a cuarenta minutos.

Se valorará la dificultad técnica e interés artístico del programa presentado.

En su caso el opositor aportará su acompañante.

Conjunto coral e instrumental.

Concertar una obra para coro mixto o de voces iguales y una obra o fragmento para Orquesta Sinfónica o de Cámara libremente elegidas por el opositor de entre cuatro de cada uno de los apartados anteriores. Las obras, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, serán válidas a estos efectos en estas pruebas selectivas.

Música de Cámara.

Presentación de un programa de concierto elegido por el opositor en el que estén incluidas obras de su especialidad instrumental, todas ellas publicadas, que pertenezcan a diferentes

agrupaciones camerísticas y a distintos estilos y épocas. El opositor interpretará las obras que el Tribunal seleccione de dicho programa durante un tiempo que, en ningún caso, será inferior a cuarenta minutos.

Se valorará la dificultad técnica e interés artístico del programa presentado.

El opositor podrá aportar sus acompañantes.

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