Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 9/9/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 3 de agosto de 1993, por la que se convocan dentro del Plan Andaluz de Investigación, becas de formación de personal investigador en colaboración con la Confederación de Empresarios de Andalucía.

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La Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, y la Confederación de Empresarios de Andalucía, han suscrito un acuerdo con el objeto de impulsar la formación de investigadores a fin de disponer de los recursos humanos necesariospara la creación y consolidación de equipos de investigación.

En consecuencia, esta Consejería ha dispuesto:

Primero: Convocar, en colaboración con La Confederación de Empresarios de Andalucía, dentro del Plan Andaluz de Investigación, becas para la formación de personal investigador, con arreglo a las normas que se contienen en los anexos a esta Orden.

Segundo: Quedan autorizadas la Dirección General de Universidades e Investigación y la Dirección del Plan Andaluz de Investigación, para adoptar las medidas precisas para el cumplimiento de la presente Orden, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de agosto de 1993

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

ANEXO I

NORMAS DE LA CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACION DE PERSONAL INVESTIGADOR EN COLABORACION CON LA CONFEDERACION DE EMPRESARIOS DE ANDALUCIA

1. Objetivos.

Las becas van destinadas a Titulados Superiores que deseen realizar un trabajo de investigación en La Confederación de Empresarios de Andalucía, de acuerdo con el programa que figura en el anexo II.

2. Dotación de las becas.

La beca comprende:

a) Una asignación de 84.000 pesetas bruts mensuales. b) Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica. Estas becas serán incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizadas expresamente por la Dirección General de Universidades e Investigación.

3. Duración de las becas.

3.1. La duración de la beca será de un año con posibilidad de prórroga.

4. Cáracter de la beca.

4.1. El Director del trabajo de investigación de los becarios deberá estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto y tener el grado de Doctor.

4.2. El becario no tendrá en ningún caso vinculación o relación laboral con La Confederación de Empresarios de Andalucía, ni con la Junta de Andalucía.

4.3. Al objeto de facilitar a la inspección de trabajo el conocimiento de estas situaciones, deberá comunicarse con la suficiente antelación por la Dirección General de Universidades e Investigación a las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía el inicio y duración de la beca, así como los datos personales del becario y los de la entidad donde éste vaya a realizar sus actividades. 4.4. La entidad comunicará puntualmente las incidencias que considere de interés a la Dirección General de Universidades e Investigación de la Consejería de Educación y Ciencia.

4.5. Si como consecuencia del trabajo de investigación del becario se produjese algún resultado que pudiese ser objeto de registro como propiedad industrial o intelectual, dicho resultado se registrará a nombre exclusivamente de la Confederación de Empresarios de Andalucía, sin derecho de la Consejería de Educación y Ciencia o de los becarios o tutores a remuneración,

compensación o indemnización alguna, sin perjuicio del reconocimiento de la autoría y de los derechos morales que correspondan al inventor o autor.

4.6. La empresa observará las normas de seguridad e higiene en el trabajo mientras dure la realización de los trabajos de investigación del becario.

4.7. Las renuncias a las becas deberán presentarse en la Dirección General de Universidades e Investigación. Salvo casos excepcionales no se admitirán interrupciones temporales del disfrute de las becas.

5. Condiciones del disfrute.

5.1. El disfrute comenzará con la integración del becario en la Confederación de Empresarios de Andalucía, dentro del plazo que se señale en la resolución de adjudicación.

5.2. Los becarios están obligados a desarrollar eficazmente el plan de trabajo, de conformidad con las indicaciones del Director del Proyecto.

6. Solicitudes y documentación.

6.1. Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra a disposición de los interesados en los Rectorados de las Universidades de Andalucía, Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, y en la Confederación de Empresarios de Andalucía, Centro de Servicios Empresariales, sita en Isla de la Cartuja s/n 41092 Sevilla.

Las solicitudes, dirigidas al Director General de Universidades e Investigación de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, podrán presentarse en el Registro General de la Consejería de Educación y Ciencia en la Avda. República Argentina, n? 21- B, C.P. 41011 Sevilla, en la Consejería de Presidencia o Ayuntamientos, a tenor de lo previsto en el artículo

51 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma (Ley 6/1983, de 21 de julio, BOJA núm. 60 de 29 de julio de 1983), o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4. de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo. 6.2. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) Fotocopia del N.I.F.

b) Certificación académica personal completa y acreditativa del grado de titulación exigido, en original o fotocopia debidamente compulsada.

7. Selección y valoración de las solicitudes.

Los becarios serán seleccionados por una Comisión constituida por dos representantes de la Consejería de Educación y

Ciencia y dos representantes de La Confederación de Empresarios de Andalucía, que tendrán en cuenta el expediente académico, los méritos científicos y/o técnicos del candidato, y su currículum. La Comisión podrá recabar los informes que considere necesario para la resolución de la convocatoria.

8. Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 20 de septiembre de 1993.

ANEXO II

Número de becas. Diez.

Duración. 1 Año.

Titulaciones requeridas: Ingeniería Industrial, Informática, Ciencias Económicas y Empresariales, Ciencias de la Información, Derecho, Psicología, Sociología y Geografía e Historia. Otros requisitos: Para todas las posiciones se requiere el dominio del idioma inglés y /o francés.

Líneas de trabajo.

A. Línea de trabajo en Ingenería Industrial.

A.1. Calidad/Investigación y Desarrollo.

Los becarios seleccionados realizarán sus actividades con la Calidad y la Investigación y Desarrollo, mediante tareas de información y asesoramiento a empresas y asociaciones empresariales. Igualmente realizarán actuaciones de definicióny puesta en marcha de proyectos de apoyo a las pequeñas y medianas empresas en materia de calidad. En materia de investigación y desarrollo, se realizará un especial seguimiento de la política comunitaria y nacional de I+D, para su análisis y posterior información a las PYMES andaluzas.

A.2. Informática.

El becario realizará su trabajo mediante el desarrollo de organización de sistemas, la creación y optimización de diversas bases de datos, y la puesta en marcha de procesos interno de homogeneización de sistemas.

A.3. Medio Ambiente.

El becariio seleccionado realizará su trabajo diario enmarcado en las actuaciones del Gabinete de Medio Ambiente, mediante el estudio y la detección de necesidades de las empresas en materia medioambiental, así como en la preparación y puesta en marcha de proyectos de apoyo a las PYMES.

B. Línea de Trabajo en Ciencias Económicas y Empresariales. B.1. Relaciones Internacionales y Cooperación Económica. Los becarios prepararán y elaborarán una base de datos de empresas andaluzas con potencial de cooperación transnacional a nivel tecnológico, productivo, comercial o financiero. B.2. Desarrollo Regional y Turismo.

El becario seleccionado centrará sus actuaciones en el

campo del desarrollo regional y del turismo, enmarcando su labor diaria en el apoyo a las actuaciones del Consejo Empresarial de Turismo.

C. Línea de Trabajo en Formación.

El becario realizará su trabajo en el departamento de formación de la CEA y sus tareas se centrarán en tres áreas: coordinación y ejecución de planes formativos, seguimiento programas comunitarios de formación y preparación y elaboración de un estudio sobre necesidades de formación en las empresas andaluzas.

D. Línea de Trabajo en Ciencias de la Información.

El becario desarrollará su trabajo en el departamento de Comunicación de la CEA, y sus tareas se centrarán en las de apoyo a las funciones del departamento.

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