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Advertido errores en el texto publicado de la Orden antes citada se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Artículo 3. Punto 2.
Donde dice: Tendrán también preferencia en la asignación de cantidades..., debe decir: «Tendrán también la posibilidad de asignación de cantidades...«.
Artículo 4. Punto 1.
Donde dice: Las explotaciones cesionarias de cantidades de referencia..., debe decir: «Las explotaciones asignatarias de cantidades de referencia...«.
Artículo 5. Apartado 1º, segundo párrafo.
Donde dice: ... en el Capítulo III del Anexo A de la Directiva (CEE)
46/92..., debe decir: «... en el Capítulo III del Anexo A de la Directiva (CEE) 92/46...«.
Artículo 5. Apartado 2º, párrafo primero. Donde dice: ... en el supuesto previsto en el punto 4.1 b), debe decir: «... en el supuesto previsto en el Artículo 4, punto 1 b)«.
Sevilla, 24 de junio de 1994
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