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La Ley 8/1993, de 19 de octubre, de creación del Consejo Consultivo de Andalucía, atribuye a su Presidente el tratamiento de Excelencia y determina que estará sometido al régimen de la Ley de incompatibilidades de Altos Cargos de la Junta de Andalucía. Teniendo en cuenta tales previsiones normativas y la relevancia institucional de la Presidencia del superior orgánico consultivo del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por este Acuerdo se determina provisionalmente el rango de su titular.
En consecuencia a propuesta de la Consejera de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 25 de enero de 1994.
ACUERDO
Primero. La Presidenta del Consejo Consultivo de Andalucía tiene rango de Consejero de la Junta de Andalucía a efectos retributivos.
Segundo. El presente Acuerdo será efectivo hasta tanto el Consejo Consultivo de Andalucía determine lo procedente a estos efectos.
Sevilla, 25 de enero de 1994
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO
Consejera de Presidencia
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