Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 125 de 9/8/1994

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 25 de julio de 1994, de la Viceconsejería, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puestos de trabajo de libre designación en la Consejería.

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Conforme a lo dispuesto en el artículo 25.1 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía y el Decreto 56/1994, de 1 de marzo, de atribución de competencias en materia de personal (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 50, de 15 de abril) esta Viceconsejería, en virtud de las competencias que tienen delegadas por Orden de 4 de mayo de 1994 (BOJA núm. 71, de 19 de mayo de

1994), anuncia la provisión de puestos de trabajo de Libre Designación, con sujeción a las siguientes bases:

Primera:Se convoca la provisión de los puestos de trabajo de libre designación, que se detallan en el Anexo de la presente Resolución.

Segunda:Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario que reúna los requisitos señalados para el desempeño de los mismos en el Anexo que se acompaña y aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente.

Tercera:1.Las solicitudes, dirigidas al Viceconsejero de Agricultura y Pesca, se presentarán dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Registro General de la Consejería de Agricultura y Pesca, en Sevilla c/ Juan de Lara Nieto, s/n, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.En la instancia figurarán los datos personales y los puestos que se solicitan, acompañando curriculum vitae en el que hará constar el número de registro de personal, cuerpo de pertenencia, grado personal consolidado, títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados, y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido de los puestos que se soliciten.

3.Los méritos alegados deberán ser justificados con la documentación original o fotocopias debidamente compulsadas.

4.Una vez transcurrido el período de presentación de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para el peticionario, y los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública.

Sevilla, 25 de julio de 1994.-El Viceconsejero, Gerardo de las Casas Gómez.

ANEXO

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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