Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 6/9/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 31 de julio de 1994, de la Universidad de Cádiz, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal existentes en la misma.

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De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los datos de Carácter Personal, y en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de Reforma Universitaria, los Estatutos de la Universidad de Cádiz y demás disposiciones vigentes,

este Rectorado HA DISPUESTO

Primero. Los ficheros automatizados de la Universidad de Cádiz, en los que se contienen y procesan datos de carácter personal son los siguientes:

1.Fichero de Personal.

2.Fichero de Alumnado para matriculación.

3.Fichero de Becas.

4.Fichero de Terceros (suministradores, perceptores y otros).

Segundo. El fichero automatizado de Personal, tiene la finalidad de ordenar las funciones propias de la Gerencia de la Universidad en materia de personal, y las correspondientes a la Ordenación Académica de la misma. En él están registrados todos los datos necesarios para el ejercicio de tales funciones.

Tercero. El fichero automatizado de Alumnado para matriculación, tiene por finalidad el control y organización del alumnado respecto de los centros, titulaciones y asignaturas correspondientes.

Cuarto. El fichero automatizado de Becas, tiene la finalidad de ordenar las funciones propias para la organización, concesión y control de las diferentes modalidades de becas concedidas o tramitadas por la Universidad.

Quinto. El fichero de Terceros, tiene por finalidad el cumplimiento de las funciones propias de la Gestión Económica de la Universidad.

Sexto. Los datos de carácter personal registrados en los ficheros automatizados de la Universidad de Cádiz, sólo serán utilizados para los fines expresamente previstos y por personal debidamente autorizado.

Séptimo. La responsabilidad del control de los ficheros automatizados corresponde, bajo la autoridad del Rectorado de la Universidad, al Gerente de la misma, sin perjuicio de la responsabilidad directa que en la gestión y custodia de los ficheros corresponde a cada uno de los Servicios o Unidades. Los derechos de acceso, rectificación y cancelación, podrán ejercerse, en su caso, ante la Gerencia de la Universidad (calle Ancha, 16, Cádiz).

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía«.

Cádiz, 31 de julio de 1994.-El Rector, José Luis Romero Palanco.

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