Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 162 de 15/10/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 26 de septiembre de 1994, por la que se conceden subvenciones específicas por razón del objeto para el desarrollo de actividades de educación ambiental en equipamientos.

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El Programa de Educación Ambiental «Aldea« de esta Consejería de Educación y Ciencia tiene entre sus objetivos, el promover actividades entre los centros docentes andaluces, encaminadas a conseguir la sensibilización y el conocimiento de la Comunidad Educativa sobre el medio ambiente andaluz. Para el desarrollo de este objetivo existen en Andalucía diferentes equipamientos de Educación Ambiental, ubicados en entornos significativos de nuestra Comunidad Autónoma, especializados en el diseño, desarrollo y evaluación de programas de Educación Ambiental para escolares e integrados en el medio ambiente en el que están ubicados. Es interés del Programa de Educación Ambiental «Aldea« el llevar a cabo para este año 1994 actividades con centros educativos en equipamientos situados en ecosistemas de importancia ecológica en nuestra Comunidad Autónoma: zonas de campiña, de montaña, valles fluviales, ecosistemas costeros, espacios naturales protegidos, etc.

Dada la importancia e interés para la formación de nuestros escolares, que esta Consejería atribuye a dichas actividades de Educación Ambiental, como materia transversal de los currícula; y habida cuenta de la existencia de crédito presupuestario para conceder la ayuda, y de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley 9/93 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1994, no siendo posible promover la concurrencia por la naturaleza específica del objeto a subvencionar.

DISPONGO

Primero.Conceder subvenciones específicas por razón del objeto para el desarrollo de actividades de Educación Ambiental en equipamientos por parte de escolares andaluces de nivel no universitario, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.03.480.02.42A.4, a las siguientes entidades:

-«Aula del Mar, S.C.A.«, de Málaga, por un importe de 4.703.000 pesetas.

-«Granja-Escuela El Remolino«, de Cazalla de la Sierra (Sevilla), a favor de El Molino de Lecrín, S.C.A., por un importe de 6.592.500 pesetas.

-«Granja-Escuela San Ramón«, de Laroya (Almería), a favor de Nuestra Tierra, S.C. por un importe de 330.000 pesetas.

-«Granja-Escuela Buenavista«, de Arcos de la Frontera (Cádiz), por un importe de 800.000 pesetas.

-«Granja-Escuela Fuente Redonda, S.C.A.«, de La Carlota (Córdoba), por un importe de 504.000 pesetas.

-«Granja-Escuela Valle del Sol« (Guemol, S.L.), de Alora (Málaga), por un importe de 660.000 pesetas.

Segundo.Cada entidad deberá justificar la correcta inversión de la ayuda recibida mediante la presentación de la siguiente documentación:

a)Certificado Acreditativo de que el importe de la subvención ha quedado registrado en su contabilidad.

b)Certificado en el que se haga constar que el importe de la ayuda ha sido destinado en su integridad a las finalidades para las que se concedió.

c)Justificante del gasto realizado, imputable a la ayuda que se concedió.

d)Breve Memoria descriptiva de las actividades desarrolladas.

Esta documentación deberá ser remitida en el plazo de dos meses a partir de la fecha del pago. Igualmente los beneficiarios de las subvenciones quedan obligados a lo expuesto en el artículo 21.7 de la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1994.

Tercero.Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía previa comunicación a esta Consejería, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 26 de septiembre de 1994.-La Consejera, P.D. (Orden 17.2.88), El Viceconsejero, Pedro Navarro Imberlón.

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