Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 187 de 23/11/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 15 de noviembre de 1994, por la que se designan municipios de actuación preferente de rehabilitación en la provincia de Granada.

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Ilmos. Sres.:

El Decreto 238/85 de 6 de noviembre, por el que se regulan ayudas para obras de conservación y mejora de viviendas en municipios de actuación preferente en rehabilitación, modificado por el Decreto 213/88 de 17 de mayo, establece en su artículo primero, el requisito de la designación previa de los municipios para amparar en los mismos obras de conservación y mejora de viviendas y poder solicitar los residentes las ayudas técnicas y económicas que contempla el citado Decreto. En el artículo segundo se definen las circunstancias que deben concurrir en los municipios para acceder a esta condición y el procedimiento para la designación. Los municipios de la provincia de Granada, cuya declaración se contiene en esta Orden, se caracterizan por presentar un alto grado de degradación del parque inmobiliario y unas características arquitectónicas de gran interés que en algunos casos se encuentran además declarados por la propia Administración como en el caso de Alhama de Granada, Almuñécar, Granada (Barrio Zaidín), Guadix, que están declarados Conjunto Histórico-Artístico y Loja que tienen incoado el expediente para su declaración. Estas características hacen aconsejable la intervención de la Administración Autónoma con objeto de aportar ayuda financiera y técnica para la solución de problema de alojamiento de las capas sociales más desasistidas, principales destinatarias de los Decretos 238/85 y 213/88. En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, previa petición expresa de este Ayuntamiento e informe favorable de la Comisión Provincial de la Vivienda de Granada, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero: Se designan para el programa anual 1995, en la provincia de Granada los siguientes municipios de Actuación Preferente en Rehabilitación a los efectos de los Decretos 238/85 y 213/88, sobre ayudas para obras de conservación y mejora de viviendas.

Albondón.

Alhama de Granada.

Almuñécar.

Baza.

Berchules.

Cortes y Graena.

Dólar.

Gorafe.

Granada (Barrio Zaidín).

Guadahortuna.

Guadix.

Gualchos.

Huélago.

Jerez del Marquesado.

Loja.

Motril (Barrio de las Explanadas).

Nigüelas.

Padul.

Pedro Martínez.

Purullena.

Salar.

Santa Cruz del Comercio.

Sorvilán.

Ugíjar.

Villanueva Mesía.

Segundo: Los particulares interesados en obtener los beneficios establecidos en los Decretos 238/85 y 213/88 para las obras de conservación y mejora de sus viviendas y que reúnan los requisitos definidos para los promotores y sus viviendas, dispondrán del plazo de dos meses desde la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para presentar sus solicitudes ante los Ayuntamientos respectivos.

Tercero: La presente Orden entrará en vigor el mismo día de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento.

Sevilla, 15 de noviembre de 1994

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Arquitectura y Vivienda y Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Granada.

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