Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 13/12/1994

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Otros. AYUNTAMIENTO DE PARADAS

EDICTO de modificación de Bases para la provisión de cuatro plazas de Policía Local. (BOJA núm. 146, de 17.9.94.)

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Don Eduardo Benjumea Rodríguez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta Villa.

Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el pasado día 11 de noviembre de 1994, al amparo de lo preceptuado en el artículo 105.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, acordó modificar el párrafo b) de la Base Cuarta y la Base Décima de las que regirán en el concurso-oposición para cubrir cuatro plazas deAgentes de la Policía Local, aprobadas en la sesión defecha siete de junio de 1994, integradas en la Oferta de Empleo Público de esta Corporación para 1993, publicadas en el BOJA número 146 de 17 de septiembre de 1994 y en el «Boletín Oficial« de la Provincia número 153 de 5 de julio de 1994, en el siguiente sentido:

Cuarta.Requisitos de los candidatos.Los aspirantes deberán reunir, en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y hasta la toma de posesión del cargo, los siguientes requisitos:

b)Tener cumplidos 18 años, y no haber cumplido los treinta. A quienes tengan nombramiento de policías interinos a la entrada en vigor del Decreto

186/1992, de 26 de noviembre, se les excusará del requisito de la edad.

Décima.Fases del proceso selectivo.La selección constará de dos fases Concurso y Oposición.

1.Concurso. Esta fase sólo será tenida en cuenta para los funcionarios que tengan nombramientos como Policías interinos con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto 186/1992, de 24 de noviembre, de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Méritos a valorar:

a)Antigüedad: 0,75 puntos por cada año de servicio prestado en el Cuerpo de la Policía Local, con un máximo de 2 puntos.

b)Cursos y diplomas de formación:

1.Cada Curso superado o diploma obtenido en centros docentes policiales, se valorará con la siguiente puntuación:

-Cursos o diplomas de más de 100 horas: 1,50 puntos.

-Cursos entre 35 y 100 horas: 1,00 punto.

-Cursos hasta 35 horas: 0,75 puntos.

-En los cursos que solamente se haya obtenido asistencia, se valorará: 0,50 puntos.

2.Cada Curso o diploma de interés policial superado en instituciones y escuelas, se valorará con la siguiente puntuación:

-Cursos o diplomas de más de 100 horas: 1,00 punto.

-Cursos entre 35 y 100 horas: 0,75 puntos.

-Cursos hasta 35 horas: 0,50 puntos.

-En los cursos que solamente se haya obtenido asistencia, se valorará: 0,25 puntos.

El número máximo de puntos a valorar por el apartado b) será de dos puntos. La fase de concurso será previa a la fase de oposición, no teniendo carácter eliminatorio.

La puntuación obtenida no servirá para superar la fase de oposición. El número máximo de puntos conseguidos en la fase de concurso no podrá ser superior a cuatro.

Los méritos se acreditarán de la siguiente forma:

La antigüedad, mediante certificación del Secretariode la Corporación, donde se expresen la fecha de toma de posesión y cese, en su caso y el número de años, meses y días de servicios prestados. Los cursos de formación y diplomas, mediante el certificado de aptitud del curso o diploma obtenido o fotocopia compulsada administrativamente o autenticada ante notario de los mismos.

Paradas, 16 de noviembre de 1994.-El Alcalde-Presidente.

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