Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 26/2/1994

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 4 de febrero de 1994, de la Delegación Provincial de Granada, sobre acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de Urbanismo, por el que se aprueba definitivamente la revisión de las normas subsidiarias de planeamiento del término municipal de Atarfe (Granada). (00064). (PP. 469/94).

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Acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de Urbanismo de Granada en sesión celebrada el día 3 de febrero de 1994.

Atarfe. Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Atarfe. Refª: 00064.

«Examinado el expediente de Revisión de Normas Subsidiarias del término municipal de Atarfe, aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento en fecha 29.4.93 y elevado a la Comisión Provincial de Urbanismo a los efectos previstos en el artº 114.2 del Real Decreto Legislativo 1/1992 de 26 de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

Atendiendo a lo dispuesto en el citado Texto Legal Reglamento de Planeamiento Decreto 194/1983 de 21 de septiembre por el que se regula el ejercicio por los Organos Urbanísticos de la Junta de Andalucía en materia de Urbanismo. Vistos los informes de la Ponencia Técnica y Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes y en virtud de las facultades atribuidas a tenor de lo dispuesto en el artº 11 del Decreto

194/1983 en relacion con el artº 118 del Real Decreto Legislativo

1/1992 de 26 de junio, la Comisión Provincial de Urbanismo con la abstención del representante de la Asociación Provincial de Constructores y Promotores

HA RESUELTO

Primero. Aprobar definitivamente el mismo, procediéndose a publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y se notificará al Ayuntamiento de Atarfe e interesados, debiéndose recoger en las mencionadas Normas las determinaciones recogidas en el apartado Segundo de esta

Resolución.

Segundo.

a) La parcela mínima en los Sectores de Suelo Apto para Urbanizar de Los Llanos de Silva y Armengol será de 1.000 m2. b) La franja de reserva Metropolitana en suelos colindantes a la Carretera Granada-Córdoba será de un ancho de 400 m. c) Al existir posibilidad de discordancia entre las nuevas densidades propuestas en algunos Sectores de Suelo Apto para Urbanizar y la edificabilidad de éstos, las Normas Subsidiarias establecerán en su normativa el carácter vinculante de las pruebas y la adecuación de ambos parámetros en los Planes Parciales que lo desarrollan, sin que éstos puedan establecer condiciones de Ordenación que permitan sobrepasar dichas densidades. d) Se recogerá en Normativa la necesidad de que los Planes Parciales que desarrollen suelos incluidos en estas Normas como Suelo Apto para Urbanizar sean sometidos a evaluación de Impacto Ambiental.

e) Se eliminarán las compensaciones entre distintas Unidades de Ejecución y se sustituirá en su caso por la delimitación de nuevas Unidades de Ejecución o delimitación de Unidades de Ejecución discontinuas de conformidad con el artº 144.2 del Real Decreto Legislativo 1/92.

En tanto no sean realizadas estas correcciones carecerán de ejecutoriedad las determinaciones en las que las mismas afecten.

Tercero. Asimismo se acordó solicitar informe de la Consejería de Cultura sobre la delimitación de las Zonas Arqueológicas a petición del representante de esta Consejería en Ponencia Técnica. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 57-2º y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956. La interposición del Recurso se comunicará previamente a la Comisión Provincial de Urbanismo según lo establecido en el artº 110.3 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Granada, 4 de febrero de 1994.- El Secretario, Olvido

Pérez Vera, Vº.Bº. El Presidente.

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