Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 134 de 21/10/1995

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Otros. NOTARIA DE DON JOSE ORTIZ RODRIGUEZ

ANUNCIO de subasta notarial. (PP. 2313/95).

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Yo, José Ortiz Rodríguez, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla con residencia en Constantina, sustituto de la Notaría de Lora del Río por vacante, con despacho actualmente en la calle Juan Quintanilla número catorce.

Hago saber: Que ante mí se trata procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, número de expediente 1/1994, en el que figura como acreedor la entidad «Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla¯, con domicilio en Sevilla, Plaza de Villasís, núm. 2, y como deudor la sociedad «Promotora Loreña, Sociedad Anónima¯, con domicilio en Lora del Río (Sevilla), comercial Las Viñas locales dieciséis y dieciocho.

Y que procediendo la subasta ante Notario de la finca que después se relaciona, se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

1. Se señala la primera subasta para el día cuatro de diciembre de 1995 a las diecisiete horas; la segunda, en su caso, para el día nueve de enero de 1996 a las diecisiete horas; la tercera, en el suyo, para el día ocho de febrero de 1996 a las diecisiete horas; y en caso de mejora de la postura de la tercera subasta, se señala para la licitación entre los mejorantes y mejores postores el día quince de febrero a las diecisiete horas.

2. Todas las subastas se celebrarán en la Notaría de Lora del Río.

4. Consignaciones. Salvo el acreedor, todos los demás postores,sin excepción, para tomar parte en la primera o en la segunda subasta, deberán consignar en la Notaría una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo que corresponda; en la tercera subasta, el depósito consistirá en un veinte por ciento del tipo de la segunda subasta.

5. Documentación y advertencias. La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236-a y

236-b del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

6. Adjudicación a calidad de ceder a un tercero. Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Finca rústica. Parcela número nueve, de tierra calma, sita en el pago de la Campiña Alta y Malaver, paraje de Arenales, término de Ecija. Mide diecisiete hectáreas, noventa y cinco áreas, y ochenta y cinco centiáreas. Linda: Norte, con tierras del Cortijo de Malaver; Este, finca propiedad de don Sebastián Ayora González; Sur, con tierras de don José Manuel Ruiz Muñoz, finca de don Jesús Benito Castillo, y tierras de don Miguel Fernández Gallego y al Oeste, con finca de doña Rosalía y doña Magdalena Ruiz Muñoz.

Inscripción. En el Registro de la Propiedad de Ecija, al tomo 889, libro

644, folio 125, finca número 6.553, inscripción 11.ª

El tipo que servirá de base será el de cuarenta millones de pesetas.

Desde el anuncio hasta la celebración de la subasta, podrán hacerse posturas por escrito, en sobre cerrado, acompañando el justificante del depósito previo.

Para el caso de que no pudiera llevarse a efecto la notificación de la celebración de las subastas que se anuncian a los deudores, les servirá de notificación en forma la publicación del presente.

Ecija, cuatro de octubre de 1995.-El Notario.

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