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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 14 de febrero de 1994, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1095/1991, promovido por Centro del Automóvil, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Se desestima el recurso interpuesto por «Centro del Automóvil, S.A.¯ contra la resolución dictada en 4 de junio de 1990 por la Consejería de Trabajo, Dirección General de Trabajo y Seguridad Social que declaró la inadmisibilidad del recurso de alzada interpuesto contra resolución dictada por la Delegación Provincial de la Consejería en Granada en expediente núm. ST-395/90. Confirmando dicha resolución por ser conforme a Derecho. Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes.
Sevilla, 20 de octubre de 1995.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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