Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 21/11/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Industria, Comercio y Turismo

RESOLUCION de 30 de octubre de 1995, de la Viceconsejería, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Granada, Sección 3.ª , del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con fecha 24 de octubre de 1994.

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En el recurso contencioso-administrativo número

1310/92, interpuesto por don Antonio Manuel García León contra resolución de la Consejería de Economía y Hacienda de 30 de marzo de 1992, la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado Sentencia con fecha 24 de octubre de 1994 que es firme, cuya parte dispositiva literalmente dice:

F A L L A M O S

«Estima en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Juan Ramón Ferreira Siles en la representación acreditada de don Antonio Manuel García León, contra la Resolución de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, de fecha 30 de marzo de 1992 desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la Dirección General de Turismo de 23 de octubre de 1991, dictada en Expte. sancionador GR40/91, que había impuesto al recurrente la sanción de quinientas mil pesetas y la suspensión inmediata de aquellos servicios para los que carezca de autorización correspondiente, por infracción en materia turística, cuyos actos administrativos se anulan por no aparecer conformes a derecho en cuanto sancionan por dos faltas graves, manteniéndose en cambio la existencia de tres faltas leves, en cuyo particular si resultan conformes a derecho, con imposición de una sanción total de cuatrocientas mil dos pesetas, que es la que procede en derecho, en lugar de la de quinientas mil que venía impuesta y que se anula; sin expresa imposición de costas¯.

En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 11 de octubre de 1994, y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la expresada Sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 30 de octubre de 1995.- El Viceconsejero, Juan Carlos Cabello Cabrera.

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