Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 27/2/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 31 de enero de 1995, por la que se convoca el IV Concurso para escolares andaluces de Centros Docentes no Universitarios en torno a la temática Coeducación en la Escuela con ocasión de la celebración del Día de la Mujer.

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El desarrollo político y social alcanzado por la sociedad moderna ha propiciado la elaboración de leyes más justas e igualitarias para todos los sectores que la integran. Ello ha permitido una mejora global en la situación de las mujeres, que se concreta en la participación femenina en las actividades educativas y en su progresiva incorporación al mundo del trabajo.

El sistema educativo debe llevar a cabo intervenciones que favorezcan el desarrollo de valores y actitudes al margen de estereotipos de género, en el seno de un conjunto de acciones globales encaminadas a la igualdad entre los sexos a lo largo de todo el currículo escolar. En este sentido, en los Decretos 105, 106 y 107/92 por los que se establecen las enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Infantil, respectivamente, y en el Decreto 126/94 de 7 de junio por el que se establecen las enseñanzas correspondientes al Bachillerato en Andalucía, se regula y se desarrollo la inserción de la Educación para la Igualdad entre los sexos a lo largo del currículo de las distintas áreas. La celebración, el 8 de marzo, del Día de la Mujer ofrece una excelente oportunidad para intensificar estas acciones en los centros educativos sin menoscabo de una acción planificada y sostenida a lo largo de todo el curso escolar.

En virtud de ello, esta Consejería ha dispuesto:

Primero. Se convoca el IV Concurso de actividades escolares sobre aspectos relacionados con la Coeducación que favorezcan el estudio, la reflexión y el desarrollo de valores sobre la problemática del sexismo en la sociedad actual, coincidiendo con el día 8 de marzo en el que se conmemora el Día de la Mujer.

Segundo. 1. Podrá participar el alumnado de todos los centros sostenidos con fondos públicos de niveles no universitarios de Andalucía en grupo o clase, con su profesor o profesora, o con alguno de los que habitualmente imparta clase al grupo.

2. Para la participación se establecen los siguientes niveles:

a) Segundo Ciclo de Educación Infantil, Primer Ciclo de Educación Primaria.

b) Segundo y Tercer Ciclos de Educación Primaria y EGB.

c) Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.

d) Educación de las personas Adultas.

Tercero. 1. Los trabajos consistirán en la realización de una serie de actividades escolares durante una quincena que tome como referencia el día 8 de marzo, y que culminarán en la elaboración por parte del alumnado de una de las dos siguientes modalidades:

A) Periódico Escolar.

B) Murales.

2. Los trabajos irán acompañados por la solicitud de participación, según modelo del Anexo I de la presente Orden.

3. Igualmente irán acompañados por la descripción de las actividades realizadas, una memoria de la evaluación de las mismas y la planificación de otras actividades integradas en el currículo a lo largo del curso, según el Anexo II de la presente Orden.

Cuarto. La temática de las actividades girará alrededor de cualquiera de los aspectos relacionados con el sexismo de modo que se favorezca el desarrollo de actitudes y valores positivos en el alumnado y que se facilite la participación de la comunidad educativa. A modo de orientación podrán tomarse, entre otros, los siguientes temas:

Roles y estereotipos.

El tratamiento de la mujer en la Historia, Literatura, Ciencia y, en general, en la participación de ésta en la sociedad. Agresiones y malos tratos.

El trabajo doméstico y el trabajo remunerado. El cuento.

Los medios de comunicación.

Quinto. Los trabajos se remitirán con anterioridad al 30 de abril de 1995, a las respectivas Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia, a la atención de la Coordinación de Coeducación, Servicio de Ordenación Educativa, mediante cualquiera de las vías establecidas en el artículo 51 de la Ley del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, así como mediante cualquiera de las vías establecidas en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992 del 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexto. Se establecerán los siguientes premios:

Un primer premio, por cada uno de los niveles establecidos en el apartado segundo de la presente Orden, que consistirá en una dotación económica para la realización de un viaje cultural por Andalucía.

Un segundo premio, también por cada nivel, que consistirá en una dotación económica para la realización de un viaje por la provincia.

Séptimo. El Jurado Seleccionador estará presidido por el Ilmo. Sr. Director General de Promoción y Evaluación Educativa de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía o persona en quien delegue, y constituido por tres funcionarios/as de la Dirección General de Promoción y Evaluación Educativa y un director/a de un centro no participante.

Octavo. El fallo del Jurado será publicado en el BOJA y se comunicará a los interesados/as mediante documento escrito.

Noveno. 1. Se podrán declarar desiertos los premios a juicio del jurado si los trabajos no reuniesen los méritos suficientes.

2. Los trabajos premiados quedarán en propiedad de la Consejería de Educación y Ciencia, reservándose ésta el derecho de publicarlos. Los trabajos podrán ser retirados por los/as autores/as.

Décimo. El hecho de concurrir a este concurso presupone la aceptación total de las bases y la conformidad con las decisiones del Jurado.

Undécimo. Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe inteponer en el plazo de dos meses tras su publicación recurso Contencioso Administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 110.3 de la Ley de Reglamento Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Duodécimo. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOJA.

Sevilla, 31 de enero de 1995

INMACULADA ROMACHO ROMERO

Consejera de Educación y Ciencia

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