Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 22/3/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 10 de febrero de 1995, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa expediente para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de la Iglesia Parroquial de San Roque, en Pinos del Valle (Granada).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

I. La Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, desarrolla una serie de mecanismos jurídico-administrativos y de conocimiento, cuyo objetivo es facilitar, esencialmente, la labor tutelar de la Administración de la Comunidad Autónoma sobre el Patrimonio Histórico de Andalucía.

Desde esta perspectiva y con el fin de lograr una protección individualizada de los bienes que constituyen este Patrimonio, la citada Ley crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, la consulta y divulgación del mismo.

La formación y conservación del Catálogo queda atribuida a la Consejería de Cultura, a la que compete la redacción y custodia de la documentación correspondiente a los muebles, inmuebles y manifestaciones o actividades culturales que constituyen el Patrimonio Histórico Andaluz.

II. Por parte del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico se propone la inscripción en dicho Catálogo General de la Iglesia Parroquial de San Roque, en Pinos del Valle (Granada).

Esta iglesia parroquial es uno de los interesantes ejemplos de arquitectura religiosa de repoblación existentes en la zona. Se trata de una obra de origen mudéjar, pero con modificaciones y añadidos posteriores de época neoclásica.

Desde el punto de vista social, la iglesia parroquial es el principal elemento organizador de la trama y los espacios urbanos de sus proximidades. De ahí su valor de identidad cultural para la comunidad. Vista la propuesta del Servicio, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 y 2, de la Ley 1/91, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía,

ESTA DIRECCION GENERAL HA RESUELTO

1º Incoar el procedimiento para la inscripción con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, a favor de la iglesia parroquial de San Roque, en Pinos del Valle (Granada), cuya identificación y descripción figuran como anexo a la presente disposición.

2º Proceder de acuerdo con el artículo 9.4 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía a la anotación preventiva de dicho inmueble en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. De acuerdo con lo establecido en el art. 8.3 esta anotación preventiva determina la aplicación provisional del régimen de protección correspondiente a la inscripción genérica.

3º Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores del bien que tienen el deber de conservarlo, mantenerlo y custodiarlo de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por los investigadores acreditados por la misma.

4º Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

Sevilla, 10 de febrero de 1995.- El Director General, Lorenzo Pérez del Campo.

ANEXO QUE SE CITA

Identificación.

Denominación: Iglesia Parroquial de Pinos del Valle. Localización: Pinos del Valle (Granada).

Ubicación: Plaza de la Iglesia s/n.

Fecha de construcción: Siglos XVI y XIX.

Estilo: Mudéjar y neoclásico.

Autor: Martín de Urquide y Francisco Fernández.

Descripción.

Esta iglesia parroquial del siglo XVI se encuentra en el llamado Barrio Bajo del pueblo de Pinos del Valle, núcleo que se localiza en una de las estribaciones que conforman el Valle de Lecrín. El templo se dispone en la cota más elevada de la población, y presenta en su parte delantera una pequeña plaza de acceso.

El edificio se configura como un gran volumen rectangular, con crucero y cabecera plana, rematado por cubiertas inclinadas de teja a cuatro aguas. La torre campanario se ubica en el lado derecho, en el encuentro de la nave con el crucero.

A los pies de la iglesia se sitúa el coro, uno de los pocos restos mudéjares que quedan en la misma. En él destaca la gran viga de madera que salva el ancho de la nave; apoyada sobre dos ménsulas laterales, la viga apea, en su parte central, en un pie terminado con pequeña zapata labrada. Interiormente, los paramentos de la nave se presentan lisos, sin ningún tipo de ornamentación. La cubierta se resuelve por medio de una bóveda de cañón con lunetos.

La iglesia posee una fachada muy simple, con portada central de pequeña dimensión, vano de entrada de medio punto y ventanal de iluminación sobre el coro.

La torre del campanario también es muy sencilla. Posee un primer cuerpo de gran altura, casi completamente ciego, y un último cuerpo de campanas con un solo vano central por cada lado. El conjunto se remata con cubierta a cuatro aguas.

Descargar PDF