Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 5/4/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 29 de marzo de 1995, por la que se autorizan tarifas de agua potable de Cardeña (Córdoba).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Córdoba, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,

D I S P O N G O

Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

AYUNTAMIENTO DE CARDEÑA (CORDOBA)

Tarifas autorizadas?

Concepto IVA excluido

Cuota fija o de servicio

Diámetro contador en mm

Hasta 13 355 ptas./mes

15 781 ptas./mes

20 1.299 ptas./mes

25 1.821 ptas./mes

30 2.605 ptas./mes

40 5.200 ptas./mes

50 7.806 ptas./mes

60 9.567 ptas./mes

65 10.412 ptas./mes

80 13.014 ptas./mes

100 18.218 ptas./mes

125 28.631 ptas./mes

150 70.166 ptas./mes

200 124.929 ptas./mes

250 195.724 ptas./mes

Cuota variable o de consumo

Consumo doméstico

Hasta 9 m3/mes 70,81 ptas./m3 Más de 9 m3 hasta 20 m3/mes 78,68 ptas./m3 Más de 20 m3 hasta 70 m3/mes 98,35 ptas./m3 Más de 70 m3 en adelante mes 118,02 ptas./m3

Consumo industrial y comercial

Hasta 20 m3/mes 78,68 ptas./m3 Más de 20 m3 hasta 70 m3/mes 98,35 ptas./m3 Más de 70 m3 en adelante mes 118,02 ptas./m3

Organismos oficiales

Tarifa única 78,68 ptas./m3

Otros consumos (benéficos)

Tarifa única 70,81 ptas./m3

Derechos de acometidas

Parámetro A: 2.695 ptas./mm Parámetro B: 30.369 ptas./litro/segundo

Cuotas de contratación, de reconexión y fianzas. Las cuantías resultantes de la aplicación de los artículos 56, 57 y 67 del Decreto 120/91, por el que se aprueba el Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua.

Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Ofiical de la Junta de Andalucía. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Sevilla, 29 de marzo de 1995

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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