Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 14/6/1995

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE LA LINEA DE LA CONCEPCION

EDICTO. (PP. 1517/95).

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El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Línea de la Concepción

Hace saber: Que en sesión celebrada por el Pleno de esta Excma. Corporación Municipal, el día 2 de febrero de 1995, se adoptó acuerdo del siguiente tenor literal:

«Dada cuenta de la Modificación del Proyecto de Compensación del Polígono II del Sector 09B.01.01 "Rosales Gibraltar", que fuera aprobada inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 3 de noviembre de

1994, y una vez sometido dicho acuerdo a información pública por plazo de un mes, mediante la publicación de los correspondientes anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia número 280, de 3 de diciembre de 1994, y en el Diario Europa Sur de fecha 26 de noviembre de 1994, con notificación a los propietarios y demás interesados, y toda vez que no se ha presentado alegación alguna, esta Comisión Informativa de Urbanismo y Obras y Servicios, a la vista del informe jurídico emitido en el expediente, propone y así se acuerda por unanimidad, por el Pleno de esta Excma. Corporación Municipal:

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación del Proyecto de Compensación del Polígono II del Sector 09B.01.01 "Rosales Gibraltar", que fuera aprobado por el Pleno de esta Corporación Municipal el 3 de agosto de

1989, en el sentido de adjudicar la finca resultante número 10 del mencionado Proyecto a Gestihogar, S.L., la cual tiene una superficie de 100 m2 y una edificabilidad de 260 m2, y en consecuencia, adjudicar la finca resultante núm. 11 de aquél a la Junta de Compensación, la cual tiene una superficie de 129 m2 y una edificabilidad de 193 m2.

Segundo. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en un periódico de difusión corriente de la localidad y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, notificándose personalmente a todos los interesados, de conformidad con lo dispuesto en el art. 174 del Reglamento de Gestión Urbanística.

Tercero. Facultar ampliamente a la Alcaldía-Presidencia para que dicte cuantos actos y resoluciones sean necesarias para la ejecución del presente acuerdo«.

Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado Segundo del acuerdo que se transcribe hago público, pudiéndose interponer contra dicho acuerdo, que es definitivo en la vía administrativa, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. La interposición de este recurso deberá comunicarse previamente a esta Administración, de conformidad con lo preceptuado en el art. 110.3 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La Línea de la Concepción, 16 de marzo de 1995.- El Alcalde, P.D., El Tte. Alcalde Delegado de Urbanismo, Luis Miguel Arenillas Fleming.

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